Dependerá de la causa de las filtraciones, y de la Escritura de División Horizontal del edificio.
Me explico:
Sea suya o no esa terraza, usted es responsable de su mantenimiento, así como de los posibles daños que cause por su uso (o mal uso). Si origina filtraciones por falta de mantenimiento, por obstrucción de los sumideros, por perforar la tela asfáltica al instalar algún elemento fijo, como una pérgola, etc., el responsable será usted, sea suya la terraza o sea comunitaria de uso privativo.
Si las filtraciones se producen por la degradación natural de la tela asfáltica por el paso del tiempo, en principio sería un asunto comunitario, tanto si la terraza es de usted como si es comunitaria, puesto que se trataría de un problema en la cubierta del edificio (como tal está actuando esa terraza).
No obstante, aunque es extraño, se encuentran Escrituras de División Horizontal que estipulan que "cualquier gasto" originado en una terraza (incluso comunitaria) será responsabilidad de quien goza del uso y disfrute de la misma. Y, ya sea por ambigüedad, o falta de concreción en el redactado o no, eso lleva a pensar que incluso podría corresponderle la obra de sustitución de la tela asfáltica. Ante eso, o se asume, o se lleva el asunto al juzgado para que dirima si esos Estatutos son contrarios a la legalidad o no, o si realmente dicen lo que parece.