Llevo en españa desde el 2015, 3 años como estudiante y 3 años como trabajador por cuenta ajena, ahora toca la larga duración ?
Llevo en españa desde el 2015, 3 años como estudiante y 3 años como trabajador por cuenta ajena, ¿puedo solicitar la larga duración? La ley dice que : Artículo 148. Supuestos.
1. Tendrán derecho a obtener una autorización de residencia de larga duración los extranjeros que hayan residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años )
¿Cumplo este requisito? ¿O la tarjeta de estancia por estudios no se cuenta como residencia legal?
Ya se que con la ley nueva me van a dar la de 4 años, pero prefiero la de larga duración por tema de hipotecas.
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Respuesta de charlyguti