¿Pueden obligar al descanso de 15min en jornada partida 5+3?
Mi empresa, que adopta el convenio de la Química, nos obliga una pausa de 15 minutos para el desayuno y 1 hora para la comida que no computan en la jornada efectiva de 7h45m. De lunes a jueves, entramos a trabajar a las 8:00 y salimos a las 17:15 y, a parte recuperar los 15 minutos del desayuno, trabajamos 15 minutos de más para poder tener jornada intensiva los viernes de 8:00 a 15:00 (pausa obligatoria de 15 minutos incluida). Quería confirmar si esta práctica está en los marcos legales. Al tener jornada partida 5+3, no tendríamos derecho ni obligación a los 15 minutos del desayuno y si la empresa nos lo quiere dar igualmente, ¿se tienen que recuperar superando las 8 horas diarias?
1 respuesta
Respuesta de david ..