Dudas mod 660 y 650, y bonificación imp. Sucesiones extremadura.
Intentaré ser breve. Fallece mi madre. Mi padre sigue vivo. No hay acto notarial de adjudicación y partición de herencia. (Cuando fallezca mi padre se haría esa gestión) Nos dicen en Hacienda y en Notaría de presentar mod 660, (relación de bienes y herederos) pero un hermano (somos 5) no quiere formar parte.(Por enemistad con otro hermano) ¿Se puede presentar ese modelo si no somos todos? Desde Hacienda nos dicen que si, pero en una gestoría nos dicen que no, que han de estar todos. Pues bien, la gestoría nos va ha realizar el mod 650, de autoliquidación. (Ya que en principio no se puede formalizar el mod 660 por lo ya mencionado).
En extremadura hay bonificación del 99 % para hijos y cónyuge, pero ¿si ese hermano no presenta su autoliquidación los demás que si lo haremos perdemos la bonificación ya que no la presentan todos los herederos?
En este caso, para poner en antecedentes, mi hermana sería la mayor perjudicada, pues en el testamento mi madre (también es la intención de mi padre) lega la casa para ella (poco patrimonio más hay, un solar y las cuentas bancarias) situando ese legado con el tercio de mejora y libre disposición. Al resto la legítima. Y si no se cubre esa legítima, mi hermana entregaría su legítima y si no fuera suficiente pagaría el resto desde su dinero. Por lo tanto, si no se puede beneficiar de la bonificación el impuesto sería mayor para ella.
Y otra cuestión. Para el impuesto de plusvalía, nos piden entre otras cosas el modelo 660, pero si no se puede realizar al no estar todos los herederos... ¿qué se puede hacer?
Muchas gracias de antemano y espero haberme explicado bien, dado mi ignorancia en estos menesteres.