Duda convenio absorción de plus

Mi empresa en la anterior renovación del convenio nos absorbió un complemento con la subida, luego lo retrocedió porque nos quejamos y lo ha vuelto ha hacer nos ha absolbido la subida con el complemento y nos dicen que lo han hecho a sabiendas, ¿se crea algún tipo de jurisprudencia o algo así cuando ya rectificaron una vez al quejarnos?

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La jurisprudencia solo la pueden crear los juzgados y tribunales en especial las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo, lo del tema del convenio hay que ver que convenio es y sobretodo el complemento que es, si lo que están modificando es un sistema de remuneración y de cuantía salarial, lo que estamos hablando entonces es de una modificación sustancial de las condiciones del trabajo, si por su parte están incumpliendo su obligación de remunerar entonces estamos ante un presunto fraude de ley y seria una reclamación de cantidad.

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Mi duda es que si la empresa al cambiar de opinión al no absorber el complemento la anterior vez que se cambio el convenio, eso crea alguna consolidación en los derechos del trabajador. En 2019 cambio de opinión la empresa y no nos absorbieron el comolemento, pero esta vez si lo han hecho y solo necesito saber si ese hecho del 2019 crea algún tipo de derecho al trabajador para decidir esta vez absorber el complemento

Los complementos salariales se determinan por el cauce de la negociación colectiva que se establecen por unos criterios como las necesidades del trabajador o por ejemplo a la situación de la empresa en ese momento. El que sea consolidable como tu preguntas es en función del pacto que se haya llegado en la negociación, quiere decirse que se puede pactar si es consolidable o no, en en el caso que en la negociación no se haya establecido nada tendrá carácter de NO CONSOLIDABLE los que estén vinculados a la situación de la empresa y al puesto de trabajo.

Por ello se debe examinar muy bien las clausulas del convenio.

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