I. Hola Alberto, en mi caso no tengo la formación para poder responderle pero como lector habitual de la comunidad quisiera trasladarle la mínima información que vi por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le atiende un experto, el que en caso de ser necesario podríamos invocar (trasladar su consulta), para que puedan atenderle en el tiempo más escaso posible. Ruego me disculpe las molestias y lamento no saber responder a su consulta, ánimo.
https://monicasansasesoria.wordpress.com/2017/10/24/como-rellenar-el-modelo-145/
https://www.iberley.es/revista/modelo-145-presenta-rellena-2
En el caso que planteas, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, puesto que convives con el otro progenitor, y los datos del hijo en el apartado 2.
Tu pareja, que es quien debe rellenar el modelo 145 si está trabajando, solo puede incluir al hijo que tenéis en común. Por tanto, las casillas a marcar son la 3 en el apartado 1 y los datos del hijo común en el apartado 2
Situación familiar 3:
Cualquier otra situación familiar distinta de las dos anteriores. Ejemplo: solteros sin hijos, casados cuyo cónyuge obtiene rentas anuales superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas, solteros con hijos cuando éstos conviven también con el otro progenitor, etc. También se computarán en esta situación los contribuyentes que no manifiesten estar en alguna de las situaciones anteriores.
Ejemplos:
Un soltero sin hijos es un tipo 3.
Un soltero con un hijo de 10 años a su cargo (no convive con el otro progenitor) es un tipo 1.
Un soltero con un hijo de 10 años que convive con ambos padres es un tipo 3.
Una persona que convive con su pareja de hecho, ambos tiene un hijo en común de 10 años, es un tipo 3.
Una persona casada cuyo cónyuge gana 1.000 euros mensuales, es un tipo 3.
Una persona casada cuyo cónyuge gana 1.000 euros anuales es un tipo 2.
Discapacidad: si hay discapacidad hay que indicar el grado (igual o superior al 33% e inferior al 65% o igual o superior al 65%).