Convivo con mi pareja desde hace 7 años y estamos pensando en casarnos por lo civil.

Llevo conviviendo con mi pareja siete años y estamos planteándonos casarnos por lo civil, no estamos reconocidos como pareja de hecho, nuestra situación es la siguiente: Yo soy soltera, trabajo y tengo una hija de 11 años de una relación anterior, reconocida por su padre y con sentencia judicial de régimen de visitas y manutención. Mi pareja es soltera también, y tiene dos hijos de 11 y 8 años de una relación anterior que conviven con su madre, con sentencia judicial de régimen de visitas y manutención. La vivienda donde habitualmente vivimos mi compañero, mi hija y yo, más sus hijos cuando conviven con nosotros, es de mi propiedad, está a mi nombre y terminada de pagar, la vivienda donde viven los hijos de mi compañero y su madre, (ella no trabaja), es propiedad de mi compañero, aunque ella tiene el uso y disfrute de la vivienda en sentencia judicial hasta la mayoría de edad de los hijos. Tengo varias cuestiones que hacer:
-Si nos casamos, que beneficios podemos tener sobre nuestra situación actual, ¿seríamos familia numerosa?
- Los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio, en este caso mi vivienda, ¿no pasan a ser patrimonio común?
- Que tramites tenemos que hacer, para que la heredera de mis bienes personales (casa, dinero personal) sea mi hija en el caso de que yo fallezca, pero que mi pareja pueda seguir viviendo en ella hasta la mayoría de edad de mi hija y que el padre de mi hija no tenga derecho ni ha echarle ni a vender la casa, ni a nada que tenga que ver con mis bienes.
- Una vez casados, los bienes que adquiramos en común, en caso de herencia, ¿cómo se haría? Lo heredarían los tres hijos, aunque no sean comunes, de igual manera o se harían dos partes, ¿una para mi hija y otra para sus dos hijos? Si no fuera así, ¿qué tendríamos que hacer para que se dividieran los bienes en dos partes?.
-Que tendríamos que hacer para que los padres respectivos de nuestros hijos, en caso de nuestro fallecimiento, no tuvieran acceso ninguno a los bienes de nuestros hijos, ¿ni a los que heredaran de manera personal de cada progenitor ni de los bienes comunes que podamos adquirir una vez casados?
-Que tramites hay que seguir, ¿para casarse en separación de bienes?

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Si ustedes se casan no serian familia numerosa porque el matrimonio no tiene tres hijos.
  Los bienes adquiridos con anterioridad al enlace no pasan a ser patrimonio común, siempre son bienes privativos del cónyuge correspondiente.
Para poder hacer lo que dice respecto de su vivienda lo que debe hacer es testamento explicitando el usufructo para su actual pareja siendo posteriormente todos los bienes para su hija. Si ustedes se casasen y no hubiese testamento, esto también seria así.
Una vez casados, si la idea es seguir el régimen de separación de bienes, lo que ustedes obtengan por herencia siempre sera patrimonio individual de cada uno con lo que posteriormente siempre será heredado por sus respectivos hijos.
Para que sus respectivas ex parejas no tengan acceso a esos bienes basta con recogerlo en el testamento pero en principio no seria necesario debido a que sus relaciones ya están extinguidas.
Para que exista la separación de bienes pueden hacerlo en cualquier momento, antes o después del enlace pero nunca podrá tener efectos retroactivos, así que si ustedes lo tienen claro, lo ideal es ir a una notaria pocos días antes del enlace civil conociendo la fecha del mismo.

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