Pago ITP estado construcción ruinosa

Me hicieron una revisión del ITP y presenté alegaciones que me han estimado parcialmente y bajan la cuantía a liquidar. Pero resulta que califican la construcción de ruinosa y me preguntó las consecuencias que eso tendrá. ¿Qué se puede alegar? Porque el estado no es bueno pero desde luego tampoco es ruinoso y si me van a echar la casa abajo cometen un atropello.

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Quien es competente para decir si está en estado de ruina y amenaza a viandantes y otras propiedades es el Ayuntamiento, previo informe de un arquitecto. Te pueden obligar a reparar fachadas, tejados, balcones, etc y ya valorarás tu si es mejor demoler o reparar

Pero el que la Administración Tributaria de tu Com. Aut. Diga que es una construcción ruinosa no tiene ninguna relevancia jurídica

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