Derecho a la prohibición de hacer fotografías en el interior del local de negocio, ¿Qué legislación hay al respecto?
En mi negocio, un comercio, tengo expuesto un cartel bien visible para prohibir que las personas que entran saquen fotografías. No quiero que se tomen fotos ni se graben vídeos dentro del establecimiento, (tampoco doy permiso si lo solicitan) ni siquiera en el caso de que dichas imágenes fueran para uso personal, y por supuesto, menos aún si dentro del establecimiento hay otras personas. Si es un lugar privado, aunque de uso público, yo tendré derecho a no permitir hacer fotografías. A veces, hay quien no lo acepta y pretende conseguir su objetivo a toda costa o bien piden explicaciones. De hecho, a veces, algunas personas toman fotos con el móvil cuando no puedo vigilar. ¿Puedo instarles a que las borren? Supone para mí una situación muy molesta y estresante. Son muchas las razones por las que no lo permito: salvaguardar derechos de imagen, evitar comparativas de precios de mis productos con otros establecimientos o con la venta online, evitar la publicación en redes sociales, impedir la difusión de las imágenes en cualquier otro medio, impedir la comercialización de las mismas, intentar limitar el aforo del local y posibles molestias a clientes, intentar evitar la posibilidad de planificación de hurtos y/o ataques a mi local o productos en venta, etc... Además, considero que es una falta de respeto. Yo no dispongo de cámaras de vigilancia en el establecimiento. Me gustaría saber si efectivamente tengo derecho a prohibirlo y la legislación que regula esta situación para dejar constancia junto al cartel de prohibición.