Impuesto de sucesiones y fallecimiento heredero
Quisiera formular una pregunta sobre el tema del titulo. Mi tía falleció en Jaén en 2020 sin herederos forzosos, nombrando herederos a sus ocho hermanos, sustituidos por sus respectivos descendientes.
Todos los hermanos herederos y descendientes de los hermanos fallecidos, presentaron y liquidaron el impuesto de sucesiones dentro del plazo de 6 meses desde el fallecimiento.
Entre pandemia y la avanzada edad de los hermanos, con varios fallecimientos de herederos y el consiguiente papeleo, no se pudo firmar la escritura de aceptación de herencia o de reparto del caudal hereditario, no se que firmamos, hasta enero de 2023. Ahora la notaria, para presentar la escritura al registro de la propiedad, nos pide ingresar en hacienda de Andalucía, nuevas cantidades de dinero, presentando una nueva liquidación a los que firmamos la escritura por fallecimiento de nuestro padre en 2022 (era heredero que ya había presentado la autoliquidación).
A mi padre lo heredamos los cuatro hijos, sin hacer constar en la escritura ni en la autoliquidación, la parte que él, a su vez, heredaría de su hermana, toda vez que desconocíamos cuantía de la masa hereditaria que debía percibir.
¿Qué tenemos que hacer ahora, una nueva autoliquidación para heredar a mi tía?
¿Una autoliquidación paralela para incluir el caudal hereditario que, de mi tía, correspondía a mi padre, por el que mi padre ya liquidó?