¿El seguro tiene obligación de cambiarme todo el suelo o sólo una parte?

El suelo de mi entrada (tarima) se estropeó por un problema de la comunidad. Mi tarima es continua en toda la casa: entrada, salón, pasillo, habitaciones. El modelo está desfasado y cada fabricante tiene su sistema de unión de tablillas. El seguro de la comunidad de vecinos dice que sólo me cambiará el suelo de la entrada hasta las puertas y allí pondrá un perfil metálico, con lo que ya no tendré una tarima continua en toda la casa, si no un parche distinto en la entrada. ¿Es cierto esto o están obligados a cambiar el suelo de toda la casa? ¿Puedo exigir la reparación de todo el suelo por daño estético al seguro de la comunidad, al mío propio o a la comunidad de vecinos o me tengo que aguantar con esa chapuza?

4 Respuestas

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Si usted tiene seguro debe ponerse en contacto con ellos, para ver las opciones.

Pero como norma general, el seguro de la comunidad solo estará obligado a reparar la parte dañada y si usted tiene contratada la cobertura de daños estéticos, es posible que su seguro pueda hacerse cargo del resto.

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El seguro de la comunidad tiene la obligación de restituir el daño causado. La jurisprudencia habla de que todo el paramento es uno, y por tanto en la habitación hay que cambiar todo el suelo, o pintar todo el techo. No solo el daño. Por eso, te dan solución a toda la habitación.
Tu aseguradora del piso, que tendrás cobertura de daño estético, y a la que puedes reclamar en base a un contrato (póliza) te encontrarás que existen dos limitaciones, una económica (no todas las pólizas tienen capital para cubrir el cambio de tarima en toda una vivienda) u otra limitación en el espacio. Y es que también la cobertura está limitada a la habitación dónde se produce el daño.
Por tanto, este problema no tiene solución por parte de las aseguradoras. Prueba a reclamar directamente el daño a la comunidad. Si todos los vecinos tienen el mismo tipo de acabados serán sensibles a la situación, porque le puede pasar a cualquiera...

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Habría que leer la letra pequeña del contrato pero me temo que no vas a conseguir que te cambien todo el piso de tu vivienda. Las aseguradoras se cubren muy bien de estas cosas.

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La ley solo obliga a la reparación del daño causado, por lo que en realidad solo tienen que reparar la zona afectada; si por cuestiones del propio material no se puede, pues como mucho te lo cambiarán hasta donde puedan hacer un cambio digamos... lógico, es decir, que como te dicen.. solo lo harán hasta las puertas.

En esos casos tienes que tirar de tu propio seguro, y normalmente el limite siempre es una cantidad económica, si tienes una buena póliza puedes tener una cobertura generosa y cambiar todo, pero como tengas una básica... puede que no te llegue y tengas el mismo problema... pero en diferente zona.

Yo en tu lugar contactaría con tu mediador y que te explique que limites tienes y como proceder.

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