Propiedad en un pacto sucesorio

Somos tres hermanos y hace unos días dis de ellos hicieron un pacto sucedorio con mi padre donde les dejaba en vida su parte de la propiedad.

Mi pregunta seria que si esta propiedad una vez hecho este pacto ya se puede considerar suya a todos los efectos, sin esperar a que muera mi padre, osea que su parte de la propiedad ya es suya a todos los efectos.

¿Si tengo un poder notarial de mi padre puedo prohibir alguna actuación en nombre de mi padre sobre la parte de ellos sobre la cual hicieron dicho pacto?

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