Posible cámara de seguridad a 50 cm de una ventana
En mayo del 2021 ponen unos dispensadores de gel en el patio central de mi urbanización, a 50 centímetros de la mi ventana ponen uno, alguien lo rompe, en una visita de un agente del ayuntamiento a la urba, por otros motivos, la presidenta la lía a voces y no solo dice que fui yo quien rompió el dispensador si no que también dice que en esta urbanización hay muchas cámaras y muchos ojos y me han visto, cosa que es imposible, lo primero yo no fuy, lo segundo estábamos en pandemia y no salía nadie, lo tercero las cámaras de seguridad que están puestas por una empresa no pueden o deben apuntar a mi ventana que esta mirando desde enfrente a 25 centímetros, caso de ser cierto que hay una cámara como ella dice en esta posición y lógicamente puesta por orden de la presidenta o administrador. ¿Seria delito el haber puesto la cámara en esta posición? ¿Caso de ser cierto y ser delito cuando prescribe el supuesto delito?