¿Hasta cuántos años pueden imputsrnos donaciones con carácter retroactivo?
Desde hace uno 7 años el dinero que cobra mi padre de su pendion, lo trasladamos a otra cuenta mía y de mi hermano, para que en su día no le pudieran embargar el dinero que tuviera en cuenta. A día de hoy tiene aprobada la ley de segunda oportunidad y ya no tiene problemas de embargos. Por lo que el dinero lo vamos a dejar en la cuenta de la que es titular. Mi pregunta es si Hacienda podría reclamarnos como donaciones todo lo que nos pasó a nuestra cuenta en los años pasados. Esa cuenta realmente la utiliza el para su día a día, nosotros realmente no tocamos un euro de esa cuenta.
Respuesta de Pedro abogado
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