Seguro comunidad no paga los daños

Después de sufrir un siniestro en la comunidad, varios propietarios tuvimos unos daños. A algunos les han reparado los daños, pero otros seguimos esperando, más de 6 meses. ¿A quién se reclama esto?. La comunidad se esta poniendo de perfil, dice que somos los propietarios los que tenemos que reclamar o emprender acciones judiciales. ¿No seria la comunidad la que tendría que emprender acciones en lugar de los propietarios, ya que es la tiene contratada la póliza?

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Algunos siguen esperando, pero, ¿la aseguradora se ha pronunciado? ¿Les ha dicho por qué no ha reparado a esos propietarios, a diferencia de a otros? ¿No les da cobertura o sólo (es un decir eso de "sólo", después de 6 meses) se está retrasando?

Otra pregunta: ¿Tienen ustedes un mediador/corredor o tratan directamente con la aseguradora?

Tratamos con  un  mediador de seguros. Han pintado algunos trasteros y atendido las peticiones de los que tenian un seguro contratado aparte. Pero los que no tenemos otro seguro, nos dice el mediador que ya ha avisado para que vayan arreglarlo, pero no viene nadie y los muebles dañados tampoco no los pagan. Gracias por tu respuesta

Me puedo equivocar, pero la sensación es que su mediador no está haciendo su trabajo en defensa de la Comunidad. La impresión es que, en el caso de los que tienen su propio seguro, han dado parte a su aseguradora y es ésta la que se encarga de apretar al seguro de la Comunidad. En cambio, los que no tienen seguro no están siendo defendidos por nadie, porque el mediador no hace nada.

O que en el caso de los que tienen su seguro, es éste (y no el de la Comunidad) el que ha reparado y ya se encargará de reclamar el pago al seguro Comunitario.

Veo que dice usted que:
"El siniestro se produjo por la rotura de un grifo en un local privativo, produciento la inundación de 7 trasteros y una academia de informática."

En ese caso, no entiendo ni que el seguro comunitario se haya hecho cargo de nada. Para empezar, el responsable no es la Comunidad, sino ese local (y su seguro). A él es a quien hay que reclamar, como causante. Y por otra parte, el seguro comunitario, si los daños causados no son responsabilidad de la comunidad, y se han producido en elementos privativos, no tiene ni que intervenir. Serán en todo caso los seguros de esos elementos privativos (en su defecto, los mismos propietarios) quienes deberán reclamar al seguro del local.

Buenas, la póliza del seguro de la comunidad, tiene una claupsula que dice:

Que Derrrames de agua se cubren:

A elementos comunes y privativos:

Los daños materiales directos a los bienes asegurados como consecuencia de derrrame accidental o imprevisto de agua proviniente de instalaciones fijas( incluso por omisión o desajustes de grifos).

Por lo que, aunque los daños no sean responsabilidad de la comunidad, si están cubiertos por la póliza que esta tiene contratada..

De echo la aseguradora, ya se ha echo cargo de la reparación de los trasteros, aunque este dando largas, en cuanto a reparación de los muebles. Gracias

Sí, cubrirá los daños producidos a elementos comunes o privados como consecuencia de un derrame, pero de que sea responsable la comunidad. En este caso, el responsable es el local.

Habría que leer la póliza al completo y con detalle, pero sinceramente no creo que se haga responsable de las consecuencias de un siniestro provocado por un elemento privativo, en otro elemento privativo.
¿Los trasteros son comunitarios? Quizá sea por eso.

No los trasteros son privativos, al igual que la academia. A esta, los arreglos se lo hizo su seguro, y posteriormente se los ha  reclamado a la aseguradora comunitaria. Al local donde se projujo el siniestro, nadie le ha reclamado nada

Por supuesto que la comunidad no es responsable de los daños, sino de reclamar que los daños se paguen a los damnificados por parte de la aseguradora, ya que es esta la que tiene contratada la póliza

Pero la aseguradora de la comunidad no es la que tiene que cubrir unos daños causados desde un elemento privativo a otros elementos privativos.
Debería hacerlo si los daños se hubieran causado desde un elemento comunitario (la responsable sería la comunidad). O se hubieran causado a elementos comunitarios (su asegurado), en cuyo caso lo reclamaría a su vez al responsable (el local). Pero si un elemento privativo (no cubierto por el seguro comunitario) ocasiona daños a otros elementos privativos (no cubiertos por el seguro comunitario), el seguro comunitario no tiene obligación de nada.

Pero insisto en que habría que leer la póliza, para ver qué elementos cubre exactamente (aunque no es normal que cubra elementos privativos). Por tanto, no es normal que se responsabilice de un siniestro ocasionado por un elemento no cubierto, que provoca daños en otros elementos que tampoco están cubiertos.

Dice usted bien al decir que habría que leer la la póliza para ver que elementos cubre, como tiene cubierto los daños por derrame de agua, tanto a elementos comunes, como privativos (aunque esto no sea muy normal, pero esta incluido en la póliza comunitaria) es el preguntar si seria la comunidad la que tiene que exegir a la aseguradora que cumpla lo establecido en dicha póliza.

"Como tiene cubierto los daños por derrame de agua, tanto a elementos comunes, como privativos (aunque esto no sea muy normal, pero esta incluido en la póliza comunitaria)"

Sí es normal si el causante del derrame es la comunidad. Como causante, debe asumir los daños provocados. Lo que no es normal es que cubra los daños ocasionados por otro.

¡Buenos días de nuevo, pues ya ha venido el pintor para valorar los daños, parece que la aseguradora se ha decidido ha arreglar los desperfectos. Tengo otra pregunta si no le importa, Esto es un local comercial, y esta bastante afectado, por lo que hay que mover mucha mercancía para poder pintar, creo que podre hacerlo sin tener que cerrar al publico, caso contrario,¿tendría que pedir indemnización al seguro?. Gracias por adelantado

Buenas noches, últimamente te estoy molestanto bastante, espero puedas seguir ayudándome. Te cuento como ha seguido el tema, el seguro se ha echo cargo, tras mucho apretones, de los daños que han podido demostrar los trasteros, siempre exigiendo mucho. Como te dije el siniestro se produjo en mi local, y yo también cobre la indemnización que solicite, aunque después de meses. Ahora he tenido un juicio, por una demanda que me presento un de los trasteros, bastante elevada, al juicio he ido sin abogado, por lo cual me han machacado, por no saber defenderme, la otra parte si llevaba abogado, creo que voy a tener que pagar yo los daños a ese trastero. Conclusión: creo que el seguro no ha querido hacerse cargo de los gastos de ese trastero, por las razones que sean, y el propietario visto que no podía cobrar ha venido a por mi, y yo no he sabido defenderme. Mi pregunta es ¿Tengo alguna posibilidad de recuperar el dinero si demando a la aseguradora?, o exite otro posibilidad de perdirseledo sin presentar demanda, por el defensor del asegurado, u otro medio. Le recuerdo que el seguro era comunitario y que cubría todos los daños ocasionados por agua, fuera en sitio comunitario o privativo, de echo todos cobramos, menos este que ha denunciado. Perdón por el tocho y la pesadez. Gracias por adelantado. Saludos

He vuelto a releer todo y dice usted que sin ver la póliza no se puede decir nada, a mi no me importaría mandársela y que usted la viera(si me facilita un correo o algo donde mandársela) me haría un gran favor. Gracias

"Le recuerdo que el seguro era comunitario y que cubría todos los daños ocasionados por agua, fuera en sitio comunitario o privativo,(...)"

Esto es precisamente lo que pongo en duda desde el principio. Bueno, no esto exactamente, sino que los cubra cuando no es responsable de los mismos. Si hubiera un grifo comunitario, por ejemplo en la azotea, y alguien por error lo hubiera dejado abierto, causando daños a zonas comunes del ático y a un par de viviendas de la planta superior, el seguro se haría cargo. Estaría cubriendo, en efecto, daños en zonas comunitarias y privativas. Pero, ¿por qué? Porque los daños han sido producidos por un elemento común, que es el bien asegurado. Ese grifo es de la Comunidad y está asegurado. Si un vecino se deja abierto el grifo de su casa, la responsable no es la Comunidad y eso no está cubierto. Otra cosa es que el seguro de la Comunidad pueda intervenir, para resolver el asunto, reparar daños en zonas comunes y reclamar al seguro del vecino responsable.

"Dice usted que sin ver la póliza no se puede decir nada, a mi no me importaría mandársela y que usted la viera(si me facilita un correo o algo donde mandársela)"

Lo lamento, pero no comparto mi correo en un foro público. A partir de ese momento, quedaría inutilizado mi buzón.

Si quiere usted digitalizar el documento, ocultando los datos sensibles y subirlo aquí, se le puede echar un vistazo. También puede subirlo usted a alguna "nube" y compartirlo.

Buenos días, aquí os dejo el enlace, para que podáis echar un vistazo a la póliza, en la página 16 es donde aparece lo del derrame de agua. Gracias.https://drive.google.com/file/d/1kIcxZ-axb9zvxnWsPfpQ7bvQsBKHKJDP/view?usp=drive_link 

Tal como le decía (y como es lógico), la póliza dice que están cubiertos:

"Los daños materiales directos a los bienes asegurados(*) como consecuencia de derrame accidental o imprevisto de agua u otros líquidos proveniente de instalaciones fijas (incluso por omisión o desajuste del cierre de grifos, llaves de paso o cualquier otro tipo de válvula), o aparatos conectados a la red de agua."

(*) privativos o comunitarios

Por tanto, sólo cubre los daños a los bienes privativos que puedan estar asegurados en la póliza, así como los bienes de terceros, en caso de existir responsabilidad por parte de la Comunidad.

Pero tienen ustedes también contratada la cobertura de Responsabilidad Civil entre copropietarios o inquilinos, que cubre:

"El pago de las indemnizaciones que, de acuerdo con los artículos 1902 y siguientes del Código Civil, pudiera venir obligado cada copropietario y/o inquilino como civilmente responsable de los daños personales, materiales y perjuicios económicos derivados exclusivamente de la propiedad y la utilización de los elementos de uso privado de cada vivienda y/o local,
Causados a otros copropietarios y/o inquilinos del mismo Inmueble."

Por tanto, la aseguradora habrá aplicado esta cobertura. El local que por la rotura del grifo provocó daños a otros copropietarios es responsable de los mismos y, en consecuencia, debe quedar amparado por esta cobertura (hasta el límite contratado).

Si entiendo bien, quiere usted decir:

1,- Que todos los daños producidos por la rotura del grifo, tanto a los propietarios de los locales siniestrados como los propios de local donde se produjo el siniestro están cubierto por la póliza, ¿dónde se ve el limite contratado?.

Por otra parte, como debo actuar, para pedir que me devuelvan las cantidades que me han. codenado a pagar del vecino al que no quiso pagar la aseguradora. Debo poner una demanda a la aseguradora, o pedir a la comunidad que pida responsabilidades a la aseguradora ya que es esta la que paga la póliza. Muy agradecido

El límite lo tiene en las primeras páginas del documento, donde aparecen las cantidades aseguradas.

¿Qué argumentó la aseguradora para no indemnizar a este vecino en particular y sí a los demás?

dentro de las coberturas pone:

Derrames de agua, Localización y reparación de averías .......................... Contratada
A elementos comunes ..................................................................................... Contratada
A elementos privativos .................................................................................... Contratada

y de dentro de los bienes que se aseguran:

Las dependencias anexas
Garajes, plazas de aparcamiento, cuartos trasteros y, en general, todas aquellas dependencias que formen parte del
Inmueble Asegurado.

Pues, según puso en la demanda, de cual no supe defenderme, que la aseguradora no amparaba los daños causados en las instalaciones privativas y que la comunidad no le facilito la póliza

Habría que conocer lo que dijo la aseguradora, porque está claro que no puede ser que diga que no cubre daños en elementos privativos, por una parte, y que los esté cubriendo a unos cuantos propietarios, por otra.

Sinceramente, creo que le conviene contratar a un abogado que desembrolle todo esto por usted. Es necesario revisar con detalle toda la documentación (además de la póliza, su sentencia), la documentación del siniestro, la respuesta de la aseguradora a las distintas reclamaciones (en particular, por supuesto, la del vecino que no fue indemnizado). El asunto no se puede resolver en un foro de consultas.

Gracias amigo, seguiré su consejo, pero vista así la póliza, sin nada más raro, debería haber pagado a todos los perjudicados sin la salvedad de ninguno, ¿correcto?. ¿Por cierto usted es abogado al que se pueda contratar?

- Lo que no tiene sentido es que, en igualdad de condiciones, indemnice a unos y a otros no. Por tanto, algo falla. Y desde aquí, con la información disponible, es imposible aclararlo. O la aseguradora ha actuado de forma incorrecta, o hay algo que diferencia cada caso.

- No. Como ve, no me identifico en los foros (no doy mis datos personales o profesionales: ni nombre, ni correo, ni empresa, ...). Sólo participo para tratar de responder las dudas que, en la medida de lo posible, creo que puedo aclarar.

Respuesta

¿Nos puede ampliar que tipo de siniestro sucedió?

¿Nos puede indicar que tipos de daños han solucionado a otros propietarios?

¿Nos puede indicar que tipos de daños no han solucionado a otros propietarios?

La aseguradora ha dado las explicaciones, ¿del por qué no se han arreglado los desperfectos?

El siniestro se produjo por la rotura de un grifo en un local privativo, produciento la inundación de 7 trasteros y una academia de informática. La póliza cubre los daños producidos por derrames de agua( incluidos el olvido de cierre de grifos) tanto a los bienes comunes como a los privativos.

La academia de informática tenia un seguro con otra compañía y le han arreglado todos los desperfecto incluido los daños al mobiliario (se habrán puesto las 2 compañías de acuerdo y lo habrán solucionado).

Los trasteros, los que tenían daños de pintura, los han pintado, pero los que querían la reparación de muebles, electrodomésticos, etc, no han atendido esta petecion.

Como les comente arriba, el mediador, que es con el que contactamos, nos dice que ya ha pasado parte, pero han pasado seis meses y no tenemos respuesta-

Se lo he comentado al presidente y al administrador de la comunidad, y la respuesta es siempre la misma, que ellos ya han dado parte, que es lo que les corresponde, que somos los perjudicados los que tenemos que denunciar (por cierto no me han dicho donde). Gracias por tu respuesta

Es la comunidad la responsable de tener que reclamar al seguro, ¿en caso que éste se desentienda del arreglo de los desperfectos ocurridos en zonas privadas?

Es probable, pero también lo pueden realizar los particulares afectados a través de su aseguradora.

Las denuncias como es lógico, se realizan en el juzgado

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