Convenio regulador modificado por las partes

Si existe un convenio regulador firmado por los cónyuges y autorizado por un juez, posteriormente a éste, se podría hacer un documento o acuerdo firmado solamente por los cónyuges sin que intervenga un juez, en el que se modifican algunos conceptos del primero. ¿Cuál de los dos prevalece?

2 Respuestas

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1

Completamente de acuerdo con la respuesta.

Respuesta
1

Depende de la materia y de la duración de la modificación, si por ejemplo un progenitor va a residir cuatro meses en el extranjero puede hacerse un acuerdo privado para solucionar esa situación, teniendo en cuenta que la duración del proceso va ser casi que superior. Si son modificaciones de abstraidas a la voluntad de las partes con carácter permanente, hay que pasar por el juez.

Las materias de las que no se puede disponer en acuerdo privado son estas: patria potestad, guarda y custodia, pensión de alimentos y vivienda familiar. Del resto puede pactar lo que quiera, pero de esto hace falta la autorización judicial, salvo el ejemplo que le he puesto anteriormente.

Salvo mejor opinión.

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