I. Hola Compañera, aunque debe responderle un abogado o experto, según he leído y tengo entendido, es como usted bien ha pensado, para realizar esta actividad se debe estar dado de alta como autónomo, mi duda viene por el hecho de que usted trabaja para una empresa que lógicamente sí está dada de alta, con lo que en principio y dentro de mi ignorancia, usted no tiene que estar necesariamente dada de alta o contratada, tendría ese 'respaldo', aunque pienso que lo ideal es que sí al menos le hicieran o formalizaran un contrato. Si lo desea y dispone de tiempo aquí podría leer un poco de información mientras le responde una persona conocedora .
https://ayudatpymes.com/gestron/vender-por-internet-sin-ser-autonomo/#Vender_por_Internet_sin_ser_autonomo_la_version_legal
https://www.infoautonomos.com/blog/es-posible-vender-online-sin-ser-autonomo/
Dseaba trasladarle un poco de información sobre este tema, recogida en parte de consultas anteriores, por si le fuese de utilidad mientras le atienden de primera mano. Le ruego me disculpe tanta imprecisión y todas las molestias de lectura, mucho ánimo.
*En su artículo 1, el Estatuto del Trabajo Autónomo define al trabajador autónomo como toda “persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena”.
Por tanto, si tienes pensado abrir una tienda online o emprender con cualquier otra idea de negocio que no requiera emplazamiento físico tienes la obligación de darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social siempre que tu actividad sea recurrente*.
https://www.todoexpertos.com/preguntas/9vt37uedojvoes9i/debo-pedir-permiso-para-vender-una-marca-reconocida-en-una-tienda-virtual
https://www.emprendedores.es/crear-una-empresa/a77895/como-montar-una-tienda-online/