Validez contrato firmado por email

En aras de simplificar un poco un negocio muy pequeño y familiar.

Teniendo en cuenta que existe una trazabilidad en las comunicaciones de correo electrónico, la duda es la siguiente:

Si yo remito un contrato de arrendamiento por correo electrónico, ¿una respuesta por parte del cliente al correo indicando "conforme y firmado", se puede interpretar como que se ha firmado, aunque no exista firma alguna en el documento digital?

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La "trazabilidad" en las comunicaciones no garantiza que quien "firma" es quién dice ser.
Pero si la cuestión es poder firmar un documento telemáticamente, hay opciones. Existe la firma electrónica, por medio de un certificado digital (por ejemplo, con el DNI electrónico). Tiene validez legal.

Hola Poli, garcias por contestar.

Te comento, ya que veo que he sido muy escueto.

El negocio familia es una casa rural.

La comunicación que se tiene todo el tiempo a través del email tal como, solicitud inicial por parte del cliente, detalles de la oferta que se remiten, excepciones a la oferta planteada, oferta final y contrato.

Eventualmente cuando se hace el check in en el alojamiento, se recoge DNI de las personas, entre ellas evidentemente quien ha firmado el contrato.

Vemos habitualmente que para el cliente es un engorro devolver firmado el contrato por el mismo medio, de ahí mi planteamiento.

El contrato, a la vista de todos estos detalles, aúnque no debidamente firmado, ¿no lo estaría de facto con esa respuesta por parte del cliente en la que explicita "conforme y firmado"?

Atentamente.

"El contrato, a la vista de todos estos detalles, aúnque no debidamente firmado, ¿no lo estaría de facto con esa respuesta por parte del cliente en la que explicita "conforme y firmado"?"

En buena fe, sí. Pero interpreto que usted pregunta por una validez legal.

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