Tras baja voluntaria, qué requisitos se tiene que cumplir?

Tras baja voluntaria, tengo entendido que tiene que pasar 3 meses desde ella y que el próximo trabajo sea dado de baja por iniciativa de la empresa.

¿Existe un periodo mínimo de contratación de ese nuevo trabajo?

2 respuestas

Respuesta

I. Hola Jesús, aunque debe responderle un experto y yo no soy conocedor, sólo lector, deseaba trasladarle la información que vi sobre este tema por si le resultase de alguna utilidad mientras responde una persona conocedora, y en especial ofrecerme a facilitarle la comunicación con una persona conocedora en caso de que no lleguen respuestas.

De entre lo visto, me ha llamado bastante la atención este informe.


https://www.tuasesorlaboral.net/categorias-estudio/preguntas-y-respuestas/538-cobrar-paro-tras-haber-solicitado-baja-voluntaria 

Para finalizar esta entrada, un consejo: mediten mucho la decisión de pedir una baja voluntaria. No va a dar derecho a ninguna indemnización y con carácter general para cobrar la prestación por desempleo tendrá que cotizar un período de tres meses con un nuevo contrato de trabajo.


Le ruego me disculpe la imprecision y todas las molestias de lectura, ánimo.

Duda: Requisitos para cobrar paro tras baja voluntaria y nuevo contrato posterior finalizado.

https://www.tuasesorlaboral.net/categorias-de-estudio/preguntas-y-respuestas/538-se-puede-cobrar-el-paro-tras-haber-solicitado-una-baja-voluntaria-2

http://laboro-spain.blogspot.com/2014/09/pedir-paro-sin-certificado-de-empresa.html

https://sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/incompatibilidad-causas-suspension-extincion-derecho/reanudar-entre-contratos-corta-duracion 

https://www.audiolis.com/blog/tienes-paro-acumulado-de-varios-periodos-y-no-sabes-cual-cobrar/

Practicas y baja laboral

Cobro la prestación por desempleo y me ofrecen hacer unas prácticas no remuneradas

https://www.turijobs.com/blog/contrato-practicas-derechos-vacaciones-paro/

https://banqmi.com/blog/actualidad/puedo-pedir-la-baja-siendo-becario/ 

https://www.larazon.es/economia/20220905/fvixl7nmbjgjff6mjww3dcxbbq.html 

https://fceye.us.es/practicas-en-empresas/informacion-para-alumnos/preguntas-mas-frecuentes 

https://www.grupo2000.es/como-es-la-cotizacion-de-las-practicas-no-laborales-en-2019/ 

Respuesta

Según la legislación, cuando un trabajador cesa voluntariamente su actividad laboral (baja voluntaria), no tiene derecho a la prestación por desempleo. Sin embargo, si posteriormente consigue un nuevo empleo y es despedido por causas ajenas a su voluntad, puede acceder a dicha prestación, siempre y cuando cumpla ciertos requisitos.

La ley no establece un periodo mínimo de contratación específico en el nuevo empleo para acceder a la prestación por desempleo después de una baja voluntaria. No obstante, es necesario que haya transcurrido un periodo razonable que demuestre que el nuevo empleo es real y no una estrategia para acceder a las prestaciones. Generalmente, se considera un periodo prudente de tres meses desde la baja voluntaria hasta la extinción del nuevo contrato.

Para tener derecho a la prestación por desempleo, además de haber sido despedido por causas ajenas a su voluntad en el nuevo empleo, deberá cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Haber trabajado y cotizado por desempleo al menos 360 días en los seis años anteriores al despido.
  • No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
  • No estar trabajando por cuenta propia ni por cuenta ajena a tiempo completo.

No obstante, hay varios puntos que tendríamos que concretar y clarificar para darle una respuesta más precisa por lo que creemos que es necesario explorar su asunto más a fondo para abordarlo de forma integral y poner solución.

Nosotros le podemos seguir ayudando. Puede exponer su caso detalladamente en el siguiente enlace indicando el siguiente número de referencia: 11040724, a fin que nuestros abogados puedan solicitar la información adicional necesaria y ofrecerle una respuesta completa:


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