¿Como entender la resolución de incapacidad permanente?

Desde hace aproximadamente 1 año y medio padezco de cataratas por lo que el médico de cabecera en su día me dio la baja dado que mi lugar de residencia se encuentra a muchos km de mi trabajo y no puedo conducir, trascurrido un tiempo la Seguridad Social me puso como incapacidad transitoria y pasados 545 días se me inicio expediente por incapacidad permanente, hoy he recibido la resolución del mismo denegándolo. Durante este periodo he sido operada de uno de los ojos estando pendiente de ser operada del otro. Mis dudas son: ¿Tengo qué reincorporarme inmediatamente a mi trabajo?, si no lo hago, ¿seguiré cobrando la prestación por incapacidad temporal? O ¿Tengo qué pedir la baja a mi médico de cabecera?.

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Respuesta

Aquí en España, lo normal es que por medios telemáticos el Servicio de Salud que te atendió, remita la baja y el alta a la Seguridad Social, a los pertinentes efectos de pago de prestaciones o trámites que procedieren.

Si no te han comunicado el alta, no tienes que incorporarte al trabajo, pero dadas las circunstancias del papeleo, inicio de vacaciones y muchas veces no se sabe, mi consejo es que acudieras al hospital donde te operaron, en "Atencion al Paciente" pidas información y si ellos se han encargado de enviar, como digo, los partes correspondientes o que proceder.

Llama por teléfono, por ejemplo a la Centralita de dicho hospital e infórmate si para acudir a dicha sección de "Atención al Paciente" debes pedir cita primero.

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