Licencia ayuntamiento acceso a "Carretera de acceso a fincas"

Para mejor entendimiento de la situación pongo una imagen de la situación actual. La finca sobre la que tengo dudas es la marcada como "A".
"B" Y "C" son fincas colindantes con otro propietario.
"N" Es una carretera nacional.
"V" Es una via de acceso a fincas titularidad del ayuntamiento.
"S" Se supone que es una servidumbre de paso antigua a la finca A a través de la B y la C.
"A" "B" Y "C" son fincas rústicas y el municipio no tiene PGOU.

Ver Imagen Situación Fincas

El caso es que originalmente las tres fincas eran mayores (hacia la izquierda) y quedaban cerca de una carretera nacional aunque no tenían acceso a ella. Por lo que me comentan antiguamente se accedia a la finca A por el camino S a través de la finca B y C.
Hace unos años se arregló la carretera nacional y para ello durante las obras, Carreteras del Estado creo una via temporal (V) que una vez terminadas quedó denominada como "Carretera de acceso a fincas". Para ello expropiaron múltiples fincas por todo el nuevo trayecto de la carretera nacional, incluyendo parte de las fincas A, B y C.
Una vez terminadas las obras se solicitó a Carreteras del Estado licencia para generar un acceso a esta nueva vía (V) desde la finca A. Carreteras del Estado respondió positivamente informando como debería ser el acceso (tubo salvacunetas, protección del mismo, distancia mínima a hormigonar...) y solicitando la presentación de un croquis básico de localización y acceso a realizar. Se realizó el croquis y se envió de nuevo a Carreteras para su aprobación final. Sin embargo, durante este periodo la via (V) se cedió al ayuntamiento de la localidad por la que discurre por lo que la respuesta fue que ya no eran competentes en esa via.
Aun no se ha solicitado formalmente el permido al ayuntamiento para la creación del nuevo acceso pero hemos hablado con varios concejales, entre ellos el de urbanismo y nos han dicho que no ven problema y que tiene todo el sentido del mundo. Sin embargo hemos hablado con el técnico municipal y, al menos de palabra, no deja de ponernos problemas para el acceso, dice que para hacer el acceso necesitamos una justificación: construcción de vivienda, granja o desarrollo económico agrícola, si no ve dificil que nos lo pueda aceptar.
El caso es que no hay ningún otro acceso a al finca actualmente. El supuesto camino de servidumbre antiguo (S) está en mal estado y aunque se podría entrar con un 4x4 el mantenimiento de los últimos años (décadas) es inexistente y no es apto para otro tipo de vehiculos. Además, consultado el registro de la propiedad la servidumbre no aparece registrada ni en la finca B ni en la finca C (de hecho la finca C no está Registrada así que no sabemos ni siquiera quien es el propietario)
Teniendo todo esto en cuenta y que "legalmente" no hay acceso a la finca ya que el camino "S" no figura en ningún sitio ¿podría negarnos el ayuntamiento el acceso desde una via que ellos mismos denominan "Carretera de acceso a fincas"? ¿Bajo que ley/supuestos? ¿A qué nos podemos acoger en la solicitud del permiso para que no puedan negarse?
Anteriormente a la solicitud del acceso hicimos una solicitud de un informe urbanístico, en el que se nos informó que por las características de la finca SI podría realizarse la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en dicha finca. Aunque no es nuestro objetivo ahora, ahora simplemente queremos poder acceder con un vehiculo. Sinceramente yo creo que el técnico municipal, por como se expresa, nos esta "pidiendo" que hagamos un proyecto de construcción (o rehabilitacion de un pequeño cobertizo que hay en la finca) con su socio en el estudio de arquitectura al que pertenece para ser él, el que nos lo apruebe.
Gracias de antemano a quien pueda darme alguna información al respecto.

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