I. Hola Antonio José, por desgracia en mi caso no soy conocedor, pero aunque haya de atenderle un abogado o experto, quisiera proponerle que, si lo considera oportuno se dirija a distintos organismos de ayuda al consumidor para consultarles, como son Facua, OCU, Omic y El Defensor del pueblo. También es sencillo trasladar su consulta a un abogado para intentar que le lleguen respuestas en el menor tiempo posible.
En Ocu por ejemplo creo que esta misma situación (o muy similar) fué abordada.
https://www.ocu.org/reclamar/lista-reclamaciones-publicas/cobro-penalizacion-baja-de-con/9e0c2772ba05355740
https://www.ocu.org/reclamar/lista-reclamaciones-publicas/penalizaci-C3-B3n-por-baja-anticipa/CPTES01098875-59
Deseaba trasladarle el resto de información que vi. Ojalá podamos ayudarle, disculpe el tipo de respuesta, ánimo.
Es importante saber que el cliente cuenta con el derecho de desistimiento, por el cual podrá darse de baja de Iberdrola sin penalización ni necesidad de justificación 14 días naturales después de la firma del contrato
https://selectra.es/energia/companias/iberdrola/dar-baja-luz
https://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/18639-iberdrola-condenada-por-el-supremo-por-modificar-unilateralmente-las-condiciones-de-un-suministro-electrico/