I. Hola Pablo, en mi caso no soy conocedor sólo lector, tampoco encontré información completamente válida sobre su consulta pero deseaba trasladarle lo que vi y en especial ofrecerme para comunicar su consulta a un experto de la comunidad para facilitarle una respuesta con conocimiento de causa, siempre de no llegar respuestas durante el resto de la semana. Disculpe las molestias y el tipo de respuesta, mucho ánimo.
*Los herederos pueden solicitar a las entidades bancarias cualquiera de las siguientes informaciones:
El certificado de posiciones del cliente fallecido
Los movimientos habidos en las cuentas con posterioridad a la fecha del fallecimiento
Los movimientos habidos en las cuentas referido a un período temporal de aproximadamente un año antes del fallecimiento de tal forma que se permita a los herederos el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Una copia de los contratos de los que fuera titular el cliente fallecido*.
https://blog.hernandez-vilches.com/derecho-sucesorio/acceso-a-cuentas-fallecido/
https://www.infobae.com/espana/2023/07/11/un-procedimiento-clave-en-la-herencia-como-saber-las-cuentas-bancarias-de-un-fallecido/
https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/herencias/guia-textual/Derechodeinformacionsobrelasposicionesdelcausante/Que_informacion_769a14e11eca761.html
https://www.asesoriamorlan.com/que-informacion-tiene-derecho-a-obtener-el-heredero-de-los-bancos/
https://www.aequus.es/que-informacion-tiene-derecho-a-obtener-el-heredero-de-los-bancos/
https://www.20minutos.es/lainformacion/economia-y-finanzas/-riesgo-herencia-sacar-dinero-cuenta-antes-morir-su-titular-5259414/
https://www.abogadoslara.es/herencias-sacar-dinero-cuenta-fallecido/