Pago de plusvalía después de escritura de aceptación de herencia

Mis padres tenian un piso en gananciales. Mi padre falleció en 2010, e hicimos el correspodiente ISD, resultando negativo a pagar. Mi madre falleció en 2020, permanenciendo en el piso hasta el dia de su fallecimiento, presentando el correspondiente ISD, que tambien salió negativo. Ahora hemos firmado la escritura de aceptación de herencia y queremos liquidar la plusvalia,

¿Deberiamos pagar la plusvalia del 50%, toda vez que eran gananciales, y mi padre falleció diez años antes que mi madre?

¿Si hasta ahora no hemos decidido el reparto la plusvalía habria que pagarla, no obstante. Con recargo e intereses desde seis meses después del fallecimiento de mi madre?

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I. Hola Julián, en mi caso no estoy cualificado para responderle ni he logrado ver información del todo válida, pero quisiera ofrecerme para trasladar su consulta a un experto siempre que no le atiendan, y sobre todo trasladarle los enlaces que ví por si pudiesen serle de alguna utilidad, dado que la situación, desde la ignorancia, podría requerir de la asesoría de un profesional o abogado. Le ruego me disculpe todas las molestias y el tipo de respuesta, ánimo.

Bien privativo en gananciales y plusvalía

Plusvalía del 50% en usufructo, con testamento.

Plusvalía tras Liquidación de Gananciales

¿Quién tiene que pagar la plusvalía en una herencia?

Consulta sobre pago plusvalía

https://www.jorgecortesabogado.es/diferimiento-de-la-plusvalia-municipal-en-los-casos-de-matrimonio-en-gananciales/ 

¿Qué hacer después del impuesto de sucesión?

https://www.deplace.es/herencia-cuanto-debo-pagar-plusvalia/ 

Venta parte de la herencia y plusvalía

Duda Plusvalía municipal

Plusvalía por donación de vivienda

Mi madre ha fallecido porque tengo que pagar plus valía

Pago plusvalía por mortis causa

¿Cómo queda la plusvalía tras una ponencia catastral, donde un suelo cambia de rustico a urbano?

Mi madre ha fallecido recientemente

https://www.tributolocal.es/plusvalia-por-herencia-tramites/ 

Sobre impuesto de plusvalía

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Debió pagarse la plusvlía cuando vuestro padre falleció, y cuando lo hizo vuestra madre, lo mismo. Si no se hizo entonces, cosa difícil de creer pues los ayuntamientos "no perdonan", habrá que regularizarlo ahora y asumir los recargos que os impongan, os guste o no.

Tengo entendido que las deudas con la administración pública, prescriben a los cinco años del hecho causante. ¿Cierto?

No siempre. No sabes si mandaron entretanto alguna notificación lo cual alargaría la fecha de prescripción.

Nada, ni con mi padre ni con mi madre, e hicimos el impuesto de sucesiones de ambos en tiempo.

No confíes en la prescripción de deudas con la administración publica. Hay mucha “letra pequeńa”. Se las saben todas.

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