Procedimiento segregación y agregación en Castilla y León

Tenemos un pabellón unido a 3 casas de 3 hermanos por su parte trasera.

El pabellón figura como propiedad del padre de los 3 hermanos ya fallecido. Está dividido interiormente con acceso desde cada casa a su parte correspondiente. La pregunta es que se quiere poner cada parte del pabellón a nombre de cada hermano y no sabemos cuál es el procedimiento. Nos han hablado de hacer una segregación y luego una agregación a cada parte. ¿Alguien podría darme alguna pista sobre el procedimiento a seguir? ¿Qué normas rigen ese procedimiento, locales, regionales...? ¿Impuestos qué habría que pagar?, En fin, cualquier información sería de gran ayuda.

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Si la finca (el pabellón) es divisible y ustedes han otorgado escrituras de aceptación de herencia, han pueden repartirse como fincas independientes la que corresponda a cada casa, tabicarla y hacer lo que quieran, siempre respetando la propiedad horizontal que resulte. Cada una de las fincas resultantes ha de tener su inscripción independiente. Si la finca no es divisible, y eso es algo que tienen que consultar en el Ayuntamiento, se pueden repartir el porcentaje de finca que les haya correspondido por herencia. En el caso de que haya más herederos, estos tendrán derecho a su cuota . Lo que les han dicho de segregación y agrupación es una jeremiada.

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