manara66

manara66

 Islas Canarias, España @manara66 desde - visto
Preguntar

Preguntas esperando respuesta

Actividad pública reciente

Ha preguntado en el tema en y en 1 temas más

Antigüedad asimilada por otro concepto

Hace 2 años llegue a un acuerdo con la empresa y esta me subió el sueldo, esta subida la hizo poniéndome en la nómina el concepto “complemento a liquido” Ahora, pasado este tiempo, se ha cumplido un trienio y veo para mi sorpresa, que la empresa ha...
Ha empezado a seguir el tema
Ha preguntado en el tema en y en 2 temas más

Subir de categoría profesional por titulación

Resulta que yo tengo una diplomatura universitaria, y en la empresa en la que trabajo, la categoría profesional en el contrato, es oficial de 1ª. Claro este dato yo no lo conocía y me acabo de enterar. Tengo derecho a reclamar mi categoría, en...
Sin respuestas
Ha empezado a seguir a
Ha empezado a seguir a
Ha valorado "Excelente" la respuesta

¿Cómo puedo renunciar a la parte que tengo de una vivienda heredada?

respondió: En España se puede renunciar a una herencia a través de una figura que se denomina “repudio”. De cualquier modo y como profesional del sector, le aconsejo que renuncie a la herencia a través de la cesión del derecho hereditario que consistirá en...
Ha empezado a seguir a
Ha valorado "Excelente" la respuesta

Validez contrato firmado con banco.

respondió: Respecto a la cuenta corriente, se puede cancelar cuando uno quiera, no hay plazo. Podría ser que hubiera algún tipo de plazo en los depósitos, pero para ello haría falta conocer el tipo de deposito que es. Cuando esa persona tenga el DNI renovado,...
Ha empezado a seguir a
Ha valorado "Excelente" la respuesta

Alquiler mitad de vivienda heredada

respondió: Si se hereda un piso al 50% se está constituyendo una "sociedad de bienes" en las que las decisiones de disposición deben tomarse por mayoría (en este caso, se requerirá que ambos copropietarios estén de acuerdo) . En su virtud, si uno de los dos...
Ha valorado "Excelente" la respuesta

Cuanto derecho a paro?

respondió: Puedes seguir con los 23 meses que te quedan que es más beneficioso que lo otro. En cuanto a irte al extranjero, solicita primero tu prestación y luego comunica que te vas al extranjero y si vas dentro de la UE podrás seguir cobrando allí apuntándote...
Ha empezado a seguir a