osml03 respondió:
Intentare responderte de forma clara y concisa. A la primera. El artículo 58.4 LSRL establece que "el nombramiento de los administradores surtirá efecto desde el momento de su aceptación" por lo que la inscripción en el Registro Mercantil se produce...
sifte respondió:
Debería acudir a un abogado lo antes posible. Si Ud. es vocal del consejo de administración, tal y como establece la comunicación de Hacienda, podría tener problemas puesto que podría incurrir en responsabilidad subsidiaría.