Respuesta
en
Derecho Laboral
y en 2 temas más
a
Suspensión de contrato de obra y servicio (501) por baja por maternidad
Creo que están en derecho de no contratar de nuevo, pero depende de la índole. De igual forma creo que aquí o en otro articulo salia algo así chequéalo: http://www.bager.cl/donde-cobrar-el-seguro-de-cesantia.html