Y los derechos del arrendador, ¿Dónde están?

Tengo una vivienda y mucha urgencia de vender, ya que no puedo pagarla y no quiero que ejecuten el aval, visto como esta ese tema ahora he decidido alquilarla, mi idea era alquilarla por un año y volver a ponerla a la venta, pero ahora me han dicho que ha cambiado la ley y que si el arrendador quiere puede estar en el piso 5 años y yo no puedo hacer nada, que él decide si renueva cada año, también me han dicho que la alquile por temporadas, pero esta opción tiene unos requisitos bastante improbables por la zona donde este ubicada la vivienda y quiero saber si tengo alguna forma legal de rescindir el contrato dentro de un año o dos para poder ponerla a la venta que es lo que realmente necesito.

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Alquila por once meses no llega a los doce y por lo tanto no tiene derecho a cinco años así se lo han echo a una amiga mía porque solo querían alquilar un año, y a los once meses si ves que tal la renuevas o a los nueve meses notificas que no se renueva
Gracias por contestar, con respecto a lo que me dices, eso sería alquilarlo por temporadas, pero parece ser que ese tipo de alquiler tiene unos requisitos, por ejemplo que el inquilino tenga un propiedad en otro municipio diferente, seria algo más bien que alquilen por motivos de trabajo, y no me parece muy viable por el lugar donde esta ubicado el piso, ¿no hay forma entonces de finalizar el contrato dentro de esos cinco años? ¿Alguna clausula a la firma o algo? Gracias
Vamos a ver por temporadas considero a un mes quince días de vacaciones etc, pero esto es como el de un año pero sin derecho a quedarse cinco, que por cierto eso de renovación de cinco años es por que si no hay ninguna clausula en contrario se renueva automáticamente, tu puedes hacer un contrato donde especifiques que sin ningún tipo de excusa queda aprobado por ambas partes que el inquilino se tiene que marchar el día tal de tal mes de tal año y que así se firma, así le pones fin directamente al contrato, si lo firma el que lo alquila sabe a que atenerse, aun así si quieres vete a consumidores o al ministerio de la vivienda y te explica mejor que hacer, que tipo de contrato te conviene etc, pero te recuerdo que el inquilino si el piso se pone en venta es el primero que tiene derecho a comprar si lo desea
Muchas gracias, creo que la inmobiliaria a la que se lo encargue, piensa más en hacer negocio que en otra cosa y no me explica muy bien las cosas, ahora lo tengo más claro y más o menos se que debo hacer,

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