Obligación de aceptar presupuesto

Vivo en un bloque de pisos todos de alquiler, en el mes de julio todos los vecinos recibimos una carta del administrador que ponía:
Tal como habíamos solicitado, ¿en este mes se instalara la antena colectiva de TDT y el coste sera de 233? Por vecino a pagar en 3 veces a partir del mes que viene.
Ningún vecino ha pedido dicha instalación, nos pusimos en contacto con el administrador y nos dijo que era obligatorio instalar una antena colectiva y que el dueño del bloque se había puesto en contacto con una empresa instaladora y que después de pedirle presupuesto había aceptado y que sería instalada .
Los arrendatarios pedimos presupuesto a otro instalador para poder comparar. ¿Nuestro presupuesto es 1500? Más barato pero el administrador nos dice que el propietario ya ha aceptado el presentado por el y que lo instalara la empresa elegida por el.
La pregunta es:
¿Estamos obligados a aceptar dicho instalador?
O por el contrario, tenemos derecho a que lo instale quien queramos los inquilinos ya que somos los que pagamos y nuestro presupuesto es más económico, ¿mismo material y además antena parabólica?
Respuesta
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No están obligados a aceptar el instalador. Es más, el propietario debe avisar de que se va a realizar tal o cual obra, indicando el coste, para que así los inquilinos decidan si aceptan o no (o si prefieren abandonar la vivienda).
Intenten razonar con el propietario.
Suerte.
Gracias por la respuesta, hemos intentado hablar con el dueño presentando el nuevo presupuesto del cual él también se beneficiaría, la respuesta ha sido que el ya ha aceptado el presupuesto con la primera empresa y lo van ha hacer ellos. ¿Qué opción nos queda?
Pues si se ha agotado la vía "amistosa", entonces solamente queda contactar con un abogado y presentar la correspondiente demanda. Es un poco drástico, pero agotada la diplomacia no queda mucho por hacer.

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En tanto que arrendatario de un inmueble no le compete a vd., tomar esa decisión ya que en principio el coste de realizar la reparación deberá asumirlo el propietario del edificio o los propietarios de las unidades de alojamiento. Por tanto, posteriormente, los aumentos de renta producto de las mejoras de las instalaciones deberán regirse por lo estipulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos (que en muchos casos estará sujeta a interpretación). Pero realmente, y en contestación a su pregunta, no es responsabilidad de vds., proceder como han procedido ya que el propietario es soberano para decidir con quién ejecuta la obra, piense que el más barato puede no ser el más adecuado, por tanto, el propietario, velando por su patrimonio, es quién decide finalmente que incorpora y que no.
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Sólo el propietario de un inmueble tiene la facultad de permitir el acceso a terceros a los elementos comunes de su finca; ademas, otra normativa como es la referente a PRLaborales obliga a que cualquier tercero que vaya a realizar trabajos en su propiedad deba presentar al propietario la documentación que demuestra que está al día en el tema de prevención; todo esto se lo comento para aclarar que, al margen de antenas u otras instalaciones, es el propietario el responsable de lo que ocurra en la finca luego es el quien debe controlar el uso por terceros que se hace.
Mi recomendación es que, si el propietario no tiene ningún otro interés que el de la instalación en si, no creo que, aunque a posteriori les repercuta, está más o menos interesado en adelantar más dinero del debido; pónganse en comunicación directamente con él y exponganle el asunto pero no olvide que la última palabra sobre (no antenista en si ni presupuesto) quien accede a su finca la tiene él.

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