Cobro de derrama a inquilino

Hace dos años que vivo como inquilino, aparte del alquiler mensual también pago religiosamente mi recibo de comunidad.

Este mes me reclama el administrador una derrama de 260 euros aprobados en junta. Para cubrir la deuda de los gastos del año pasado, puesto que no habia dinero suficiente y el administrador fue pagando de su dinero los recibos.

Puesto que mi contrato refleja esta clausula...

Gastos generales de la comunidad.

Los gastos generales para un adecuado sostenimiento del inmueble servicios y tributos cargas y responsabilidades que no sean supcettlbles de indivizualizacion y en general, las que correspondan a la parte proporcional del piso alquilado en este acto incluidas las del aparcamiento, seran a cargo del arrendatario.

Se entiende como gastos generales los correspondientes a los siguientes servicios comunitarios:administrador de fincas, contratacion y consumo de agua y electricidad de la escalera, mantenimiento y reparacion de la antena colectiva... Etc, etc, etc.

El inporte correspondiente a este concedto se pagara directamente al administrador de fincas, por el importe que este fijado.

Quien tiene que pagar la derrama, ¿yo o el propietario?

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Tu contrato de forma OBLIGATORIA DEBE FIJAR EL IMPORTE MENSUAL DE LOS GASTOS, así lo marca la Ley.

El arrendatario, solo esta obligado a pagar los GASTOS COMUNES, y así te lo pone en la clausula que citas.

Ahora bien, desprendo de tu exposición que estás pagando los recibos del Administrador, sin más, y tienes que tener en cuenta que en dichos recibos vienen incluidos gastos que no son comunes y que por tanto no t corresponden a ti, tales como reparaciones de bajantes, pintura de patio, reparaciones en general, etc. Todas las enunciadas corresponden al propietario.

Por tanto habría o bien que coger la cantidad que pone el contrato como gastos comunes, o bien coger todos los recibos que has pagado de administración y desglosarlos.

Me tienes a tu disposición para lo que precises.

yo pago cada mes, aparte del alquiler, mi recibo de comunidad por una cantidad de 50 euros que es la cantidad que se aprobó en la primera junta de propietarios.

después de acabar el año,resulta que los gastos son superiores a los ingresos,  y las arcas de la comunidad tiene un saldo negativo(falta dinero para hacer frente a los pagos de la comunidad),para solucionarlo aprueban una derrama de 260 euros.

me corresponde ami como inquilino pagar esa derrama,puesto que ya pago cada mes,50 euros de comunidad??.

gracias.

Vamos a ver.

Tu planteamiento no es correcto.

Tu pagas al mes 50 euros porque así lo acordaron, al igual que podían haber acordado, 60 o 70 o lo que estimaran, pero no es esa la cuestión, la cuestión no es lo que se presupuesta para ir depositando en un fondo comunitario, sino después, las facturas realmente pagadas.

La cuestión es muy sencilla: que cantidad de esos 600 euros anuales, fueron destinados el ejercicio pasado a gastos comunes como luz escalera, luz ascensor, teléfono ascensor, limpieza, mantenimiento ascensor, mantenimiento grupo presión, mantenimiento telefonía, mantenimiento antena, desinsectacion comunitaria, etc, y por otro lado que parte de esos 600 euros anuales fueron destinados a pagar gastos NO COMUNES, como reparación bajantes, reparación tejado, reparación videoportero, provisión fondos para obras futuras, cambio espejo patio, etc, etc.

La parte de GASTOS COMUNES, te corresponde a ti.

La parte de GASTOS EXTRAORDINARIOS al propietario.

Por ello, de nada me sirve que me digas que como el balance es negativo, se acuerda una derrama de 260 sino que es necesario que se contabilicen las fras pagadas, y de ellas cuales son tuyas y cuales no.

Preguntame lo que precises.

el presupuesto se gasto todo en gastos comunes,limpieza de escalera,mantenimiento puerta de parking,ascensores,recibos de agua de la comunidad y electricidad.

la derrama ,según el administrador es por  las desmesuradas facturas de electricidad que paga la comunidad.

en este caso me correspondería pagarla a mi o al propietario.

gracias.

Si damos por correctos los pagos que hasta ahora has estado realizando, debes aceptar también por completo el pago de la derrama, ya que la misma sirve para completar los pagos ya realizados del ejercicio anterior.

Por tanto te corresponde a ti.

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