Resolución Contrato

Voy a resolver un contrato de arrendamiento con un documento de entrega de llaves. Yo soy el arrendador.
El problemas es que los arrendatarios son tres socios de una S.L. Y va a firmar uno solo de ellos que es administrador solidario porque está cabreado con los otros dos que on hermanos. ¡¿Es válida esa disolución del contrato o tienen que firmar todos?

3 respuestas

Respuesta
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Si realmente el socio que firma es administrador solidario de la s.l. puede actuar individualmente en nombre de la sociedad o sea que puede rescindir el contrato.
- Asegúrese de que es así pidiendo una copia del documento que en su día tuvieron que redactar y depositar en el registro mercantil para constituir la s.l.
-Si el socio que firma fuese administrador mancomunado, la rescisión del contrato no sería valida.
Respuesta
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Entiendo que Usted le alquiló un local a una S.L. (formada por varios socios).
Por tanto para que la resolución de contrato sea válida, ha de firmarla el representante legal de la S.L. (o todos los socios si hablamos de administración mancomunada)
Pídale al firmante que le entregue copia de la escritura de apoderamiento o de los estatutos de la empresa o del documento notarial en el que se recoja que tiene poder suficiente para firmar.
Gracias, el que quiere firmar es administrador solidario pero también lo es(administrador solidario) otro socio con el que no se habla y no sé si me podría dar problemas después.
¿Es suficiente representación la firma de uno de los socios solidarios?
Hasta donde mis conocimientos llegan, con la firma de uno de los socios solidarios es más que suficiente.
Si quiere tener 100% seguridad e intuye que en el futuro le pueden complicar las cosas, solicite que la firma de la rescisión sea ante notario, de este modo ya no habrá más dudas.
Suerte.
Respuesta
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Perdone por el retraso en contestarle. Examine el contrato o para ver cual de los 3 hermanos firmó el contrato en NOMBRE Y REPRESENTACIÓN de la empresa por ostentar la condición de Administrador. Ese será el que tiene que FIRMAR la DEVOLUCIÓN DE LLAVES y la resolcuión del contrato, pues es quien legalmente ostenta la representación de la empresa.

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