Validez del contrato: errores de redacción

Resulta que estoy en un pequeño problema ya que por motivos personales tengo que dejar el piso en el que vivo antes del primer año (de un contrato de 5), que es el mínimo de tiempo que debería haber vivido allí según una cláusula del contrato: "... Transcurrido el primer año y sin perjuicio de lo anterior, el arrendatario podrá resolver el presente contrato..."
Resulta que estoy intentando llegar a un acuerdo con la propietaria para la devolución de la fianza pero ella no está muy por la labor de colaborar.
Ella se acoge a la cláusula del contrato de cumplimiento del primer año, si no me va a pedir una indemnización por incumplimiento. Ante esto, no puedo hacer nada, está en su derecho. Pero...
Me he dado cuenta que el contrato tiene errores bastante graves de redacción:
- El precio del alquiler está escrito mal tres veces, ya que en números pone una cosa y en letras otra: "ochocientos (860?)"
- La fecha del contrato tiene "typex" y está escrita a mano.
Ante esto,
¿Se podría considerar el contrato nulo, en el caso que tuviéramos que ir a juicio?
¿Puedo utilizar esto para hacer presión a la propietaria e intentar desbloquear el acuerdo?

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No. La validez del contrato no depende del documento en el que se formaliza. Para su validez únicamente hay que comprobar si las partes tienen claro qué casa se alquila y por qué importe mensual. Y es obvio que ambos datos son incuestionables ya que durante todos los meses en que se ha habitado la vivienda se ha pagado una renta concreta y nadie ha manifestado nada en contra.
Hay que tener en cuenta que para interpretar los contratos no sólo hay que atender a la literalidad del documento. También a los actos de las partes, coetáneos y posteriores a la firma del mismo.
En definitiva, si la propietaria esta asesorada, no será receptiva a la amenaza de nulidad porque sabrá que no es sostenible jurídicamente.

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