Contrato cesión hostal en alquiler

Tenemos un cliente con una duda y me gustaría que alguien pudiese solucionarnos y ayudarnos sobre el tema.

Una persona es propietaria de un complejo de apartamentos, los apartamentos no los alquila, los tiene vacíos solo para alquilarlos en verano por vacaciones y no para larga temporada (tiene 4 apartamentos), para esto el propietario no tiene que darse de alta en autónomos. Viendo como está el panorama quiere ceder el complejo a su hijo para que viva de esto, dándolo de alta en turismo y todo para convertirlo en hostal/apartamentos.

Este hombre tiene dos pequeños complejos de apartamentos de alquiler para

Estudiantes en Sevilla, por lo que vive de estos dos complejos, y a parte, tiene también este grupo de 4 apartamentos ha decidido dejárselo a su hijo, sin cobrarle alquiler. Para que lo prepare como hotel/apartamentos turísticos. Ahora bien, los apartamentos cumplen todo para darlo de alta en turismo, pero la duda es,

1. ¿Es posible hacer un contrato de cesión sin pagar alquiler? Es decir, el hijo paga autónomo, e impuestos del rendimiento generado por su actividad, pero no paga alquiler por el establecimiento que le ha cedido el padre. (Podríamos decir que no paga alquiler de local donde ejerce su actividad empresarial). El hijo pagará los gastos de mantenimiento, luz, agua, comunidad y todos los gastos derivados de la vivienda.

2. En caso negativo, ¿qué hay que hacer? ¿Que alternativas hay para que el hijo no tenga que pagar al padre una cantidad fija de alquiler. ¿Es posible hacer un contrato donde el hijo si pasa de una cantidad "X" de beneficios y cubra gastos, le de al padre un tanto por cien?

Respuesta
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No es posible alquilar una propiedad que no es nuestra, sin un contrato de alquiler que ademas permita esto...

El padre puede seguir siendo el titular del inmueble y cobrar los alquileres, como actividad económica y el hijo cobrar una comisión por los servicios que preste al padre, dando de alta su propia actividad en hacienda y seguridad social.

Por otro lado, han de tener en cuenta la legislación sobre operaciones vinculadas, que obliga a realizar un documento justificando el precio de mercado y en caso de no tenerlo seria sancionado. Ademas, si no esta correcto este precio de mercado, la propia Hacienda lo establecería, siendo vinculante para ambas partes y también serian sanciónados.

Agradecernos valoración de la respuesta.

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