Beneficio porcentual del alquiler anual del piso de portería, uno o varios vecinos, no declararlos.

Formo parte de una comunidad de 36 viviendas, existe en la parte superior, un piso que en su día fue vivienda de portería, en estos momentos esa figura desapareció, y ahora esta alquilado, dando a la comunidad unos beneficios, los cuales se reinvierten en pequeños arreglos o para no subir cuotas mensuales de comunidad.

Llegado el momento de hacer la declaración de renta, el administrador nos envía una carta, con la parte proporcional según los coeficientes participativos, en la cual se refleja el beneficio a cada piso.

Un vecino o varios han decidido donar su parte de beneficio a los demás propietarios, ya que alegan que al tener una pensión no contributiva no están obligados a hacer la declaración de dichos beneficios, los cuales repercuten en el resto de vecinos, que si hacemos declaración.

Mis preguntas son:

¿Pueden estos vecinos donar su parte de beneficios a la comunidad en el incremento que ello supone para el resto de vecinos?

¿Se pueden beneficiar de los ingresos por dicho alquiler, aunque ellos no declaren por ellos mismos su parte?

Sin otro particular.

1 respuesta

Respuesta
1

Los vecinos que tienen la pensión contributiva posiblemente no tengan que presentar la declaración de la renta (IRPF), pero sí que tienen que declarar los beneficios del alquiler.

Si quieren donar (regalar) esos beneficios a la comunidad o a cualquier persona, eso tributa (igual que cualquier donación/transmisión patrimonial), y ha de ser documentado convenientemente.

Por tanto, respondiendo a sus preguntas:

1.- Los vecinos que así lo deseen pueden donar esos beneficios a quien quieran, pero ello no les exime de declarar el ingreso y posterior donación del mismo. Por otra parte, los "receptores" de ese dinero son libres de aceptarlo o no.

2.- Se pueden beneficiar de esos ingresos sin declararlos, pero tan pronto la AEAT tenga constancia de ello... les requerirán para presentar la documentación oportuna y empezará una inspección en toda regla.

En definitiva, es "problema de cada uno" si se incluyen esos ingresos adicionales en el IRPF personal o no.

Suerte.

Gracias por la respuesta, ya que el Administrador de la Comunidad había preparado otra carta, con la parte más ampliada para el resto de los vecinos y sin consultar al Presidente y resto de vecinos.

Saludos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas