IVA no cobrado y Comunidad Bienes

Pregunta sobre IVA no cobrado

¿Qué pasa sí el arrendatario deja de pagar el alquiler y toca liquidar IVA con Hacienda? ¿Debo yo adelantar este IVA no cobrado? ¿O aportando a Hacienda los extractos bancario sobre estas devoluciones de alquiler ya son suficientes?

Pregunta sobre Comunidad de Bienes sí realmente es necesario

El local que tenemos esta a nombre de mi hermano y yo. El contrato de alquiler ponemos como arrendadores nuestros nombres como persona física. Luego emitimos factura de alquiler a nombre de los 2, liquidamos el IVA trimestralmente la mitad cada uno y en la renta anual cada uno pone que gano la mitad. ¿Sé qué no es muy correcto pero SE PUEDE?

¿Es imprescindible formalizar una Comunidad de Bienes? Sí es afirmativo, ¿debemos escriturar esta CB por tener una propiedad? ¿Debemos estar dado de alta como autónomos por tener esta CB? ¿Cómo cuando dinero nos supone crear esta CB?

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Respecto al IVA:

Tan pronto como Usted emite el recibo de alquiler se genera la obligación de declararlo (haya cobrado o no). Para no declararlo (o reclamar su devolución) se debe considerar ese saldo deudor como "incobrable", y ésto es posible si hay de por medio una sentencia judicial.

Recomendación: emita el recibo en el momento de cobrarlo, o suspenda la emisión de recibos a los clientes morosos.

Respecto a la comunidad de bienes:

Lo que están haciendo es más o menos correcto. Para ser 100% precisos, deberían emitir dos recibos de alquiler independientes (cada propietario el suyo).

Si constituyen una CB la cosa sería más sencilla (un único recibo). Para formalizarla basta con un documento privado que mencione que el cometido de la sociedad es "la gestión del arrendamiento de la finca x ". De este modo la finca no se "aporta" a la sociedad, sino que permanece en manos de los comuneros y no hay que tributar por Transmisiones Patrimoniales.

Los comuneros (al menos uno) debe estar dado de alta como autónomo.

El coste de la formalización depende de su abogado/gestor, pero no debería exceder los 200-300 euros.

Suerte.

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