Deposito de arras
Acabo se entregar una paga y señal para la compra de un piso y la semana que viene firmaremos las arras y entregaremos un 10% del valor del piso. Me gustaría saber si en lugar de entregar ese dinero al propietario es posible depositarlo en la cámara de propiedad urbana para que le sea entregado el día de la firma ante notario de la compra-venta o en caso de incumplimiento por parte del comprador del contrato de arras.
No se si posible hacerlo así o incluso si es una practica habitual, pero no me da seguridad entregar esta cantidad de dinero en un contrato privado que no se inscribe en el registro.
No se si posible hacerlo así o incluso si es una practica habitual, pero no me da seguridad entregar esta cantidad de dinero en un contrato privado que no se inscribe en el registro.
1 Respuesta
Respuesta de poel
1