Cómo despedir a un Administrador

Quisiera saber cómo despedir al administrador que tenemos contratado. Somos 8 vecinos y nunca hemos tenido administrador, lo contratamos porque vamos a realizar las obras de rehabilitación (ZRI) y por quitarnos el jaleo de la documentación y delegar en este señor. No nos dijo que en sus honorarios no estaba incluido este servicio, ni tampoco que se llevaba una comisión por no hacer nada con respecto a la obra (sólo por emisión de cheques). Así que nos han puesto en la zona una oficina gratuita de la CAM para gestionar todo desde la misma y sin coste alguno. El caso es que ya tenemos orden de ejecución y el primer pago lo tenemos que hacer en breve, lo que no queremos es tener vínculo alguno con el administrador para no tener que darle nada por nada. Su contrato acaba el 28 de febrero del 2010. ¿Si no hemos aceptado el presupuesto de gastos del 2010 (que aún lógicamente no se ha presentado) le podemos echar con fecha 31 de diciembre del 2009? ¿O tenemos que cumplir el contrato a término? Y también saber si le despedimos hoy mismo, ¿le tenemos que pagar hasta qué fecha? Nos lo queremos quitar de encima cuanto antes porque además no nos ha demostrado ser muy eficiente, y si iniciamos cualquier trámite con respecto a la obra, ya se lleva la comisión y no queremos darle nada bajo ningún concepto. Gracias por adelantado. Sonia.

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Los administradores de fincas nos movemos con un baremo que aprueba el respectivo Colegio de Administradores, si bien no es obligatorio aplicar la tabla; si que es cierto que tenemos derecho a cobrar un porcentaje de obras como la que mencionas pues las gestionamos, tramitamos, preparamos, etc. Hablo siempre partiendo de una buena praxis, claro está. Eso, si bien como reitero no es obligatorio facturar por ese concepto, si lo recogen los Colegios territoriales de Fincas.
Con respecto a rescindir el contrato antes de finalizar el periodo; deduzco por lo que comentas que es renovable el servicio de año en año; pues bien, si el administrador no ha incurrido en causa alguna que lo permita, podréis rescindir unilateralmente el contrato abonándole las mensualidades que os faltan. Si no os interesa esto, supongo que tendréis un contrato firmado de servicios con este administrador o, en su habitual defecto, un presupuesto escrito donde se mencionen sus honorarios y funciones; si ahí no tiene recogido la posibilidad del porcentaje por la obra, no puede reclamarla pues, repito, ya no son obligatorios ni fijos los baremos profesionales.
De todas las maneras, permíteme la licencia de recomendarte aun a pesar de vuestra experiencia, que contratéis un nuevo profesional; yo también he tenido malas experiencias con diferentes sectores, peluquer@s, aseguradoras, entidades bancarias, enfermer@s, etc. pero sigo creyendo que existen los profesionales. Y hay, la mayoría, muy buenos administrador@s de fincas que saben moverse por la burocracia de una manera muy eficaz.
A ver, este señor no tramita nada ni gestiona ni prepara nada. Nos ha dicho textualmente que no se mete en nada pero que sí abre al bolsillo para su comisión, que me parece muy lícito pero no estamos dispuestos a darle ni un céntimo por no hacer "NADA".
Tienes razón al suponer que es un contrato renovable de año en año, entonces si le despedimos con fecha de hoy mismo, le tenemos que pagar hasta el mes de febrero que es cuando acaba el contrato ¿no?
El tema está en quitárnoslo de encima, que nos cobra hasta las grapas y peca demasiado de inoperancia.
Gracias.
Pues tu lo has dicho, si realmente es inoperancia y os apetece pelear, hablar con el Colegio al que pertenezca territorialmente (deduzco de nuevo que está colegiado y no es un "intruso") y que os digan si lo que planteáis es causa de incumplimiento de contrato como para no abonar lo que le falta o si no, pagarle esas mensualidades y a correr. Y reitero, si hay un presupuesto, tienen validez como contrato.

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