Destituir administrador comunidad vecinos

Y la de mis vecinos) es la siguiente:
Somos una comunidad de 4 bloques que existe desde hace 7 años y tenemos el administrador que sugirió la constructora.
La cuestión es que todos los vecinos estamos más que descontentos con la gestión que realiza, ya que pagamos mucho dinero, siempre falta y hay que hacer derramas constantes y cuando le pedimos explicaciones nunca nos enseña facturas ni otros papeles porque todo lo tiene él. En la última reunión se planteó la opción de echarle, pero él dice que su contrato se renueva automáticamente a fecha de 1 de Enero, aunque no sabemos hasta qué punto es legal celebrar sólo una reunión anual (la anterior fue en Mayo de 2010, y de esa hemos pasado a Mayo de 2011). No tiene contrato, y la fecha de "autorenovación" consta en la primera acta.
Nuestra duda es si ese documento es válido como contrato, ya que es lo único que tiene (no hay contrato expreso firmado), y si sería posible quitarle lo antes posible antes del 01 de Enero (al tener sospechas de que no está gestionando nuestro dinero todo lo bien que debiera, no nos parece buena idea darle tanto tiempo de margen para que "sanee" las cuentas). Cuando le planteamos que no siguiese con nosotros, ¿nos pidió 3000? De indemnización. ¿Está en su derecho y puede denunciarnos o podemos cambiar de administrador?

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En primer lugar le comentaremos que SI ES LEGAL hacer una sola Junta al año, ya que según el artículo 16.1 de la Ley de Propiedad Horizontal la Junta de propietarios se reunirá AL MENOS UNA VEZ AL AÑO para aprobar los presupuestos y cuentas...
Lo que no es normal es que el administrador no les dé explicaciones, ES OBLIGACIÓN DEL ADMINISTRADOR rendir cuentas a la Junta de vecinos y exhibir cualquier documentación a los propietarios.
El hecho de que tenga todos los papeles es absolutamente normal, lo que no es normal es negarse a enseñarlos y no dar explicaciones.
El artículo 13.7 de la LPH dice que la duración del nombramiento del administrador, salvo que los Estatutos dispongan lo contrario será por el plazo de un año, pero en el párrafo 2º de ese mismo articulo dice QUE PODRÁ SER REMOVIDO DE SU CARGO ANTES DE LA EXPIRACIÓN DEL MANDATO POR ACUERDO DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS convocada en sesión extraordinaria.
Para la destitución del administrador sólo hace falta doble mayoría simple en Junta de vecinos (que voten a favor más del 50% de los propietarios, que a su vez tengan más del 50% de las cuotas).
Según lo que nos explica, el comportamiento de su administrador no es nada profesional, por lo que le recomendamos que convoquen una Junta extraordinaria y lo destituyan. Para convocar una Junta extraordinaria, lo puede hacer el presidente de la comunidad cuando lo considere conveniente o un 25% de los propietarios o un nº menor de éstos pero que ostenten al menos un 25% de las cuotas de participación.
Posiblemente el administrador intente reclamarles sus honorarios hasta el 1 de Enero del próximo año, pero en ningún caso puede exigirles una indemnización, si- como Vd. dice- no tiene firmado un contrato expreso con una clausula de rescisión de contrato.
En cualquier caso existe numerosa jurisprudencia sobre el cese anticipado del administrador, y si- como parece en su caso- la destitución está justificada, posiblemente no tendrían que pagar absolutamente nada.
También sería interesante, si el actual administrador está colegiado, que comuniquen su comportamiento al Colegio Oficial de Administradores de Fincas.
Le recomendamos que elijan un nuevo administrador COLEGIADO, si Vdes lo desean les podemos enviar nuestro presupuesto de honorarios de administración sin ningún compromiso por su parte.

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