En mi comunidad se ha limitado el ascensor poniéndole una llave para que los vecinos que no pagan las cuotas de comunidad no lo puedan utilizar y me han comentado que esto no es legal. Quisiera saber en que medida esto nos puede afectar y que medida podrían tomar estos vecinos contra la comunidad
1 respuesta
Respuesta
1
1
Anónimo
No respondo nunca a preguntas que no van dirigidas a mi pero la suya me ha parecido muy interesante para dejar claro este tema; el ascensor, es elemento común, por lo que, salvo acuerdo unánime de la Junta, no podrá ser utilizada de forma privativa por ninguno de los propietarios, pues supone la modificación del Titulo, aplicando al efecto lo dispuesto en el art. 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal. Ademas, la comunidad no tiene poder coercitivo para castigar a nadie, el camino es la reclamación de la deuda al moroso en lo previsto en el art. 20 de la LPH pero nunca la privación de usar un elemento común si no está aprobado por unanimidad y ademas, inscrito para que afecte a terceros. La comunidad si corta servicios, suministros, prohíbe usos o pone llaves como en este caso puede ser puede ser denunciada penalmente por coacciones, que plantearía serios problemas a quienes hayan puesto esa decisión en marcha, así que avise a su comunidad de que están cometiendo una ilegalidad ademas de ela civil, penal. p.d. Su entidad financiera, titular de los derechos de la hipoteca sobre su vivienda, en caso de impago reiterado de las cuotas de la misma, ¿puede, sin seguir un procedimiento reglado por ley, ir un día a su casa y cambiar las cerraduras?
Muchas gracias por la respuesta ¿se podría poner el importe de ladeuda que contraen estos vecinos en el tablón del recibidor y como esta el curso de su demanda?