Parking comunitario

Vivo en un edificio que tiene parking comunitario con 15 plazas de parking y un propietario ha puesto un armario, una estantería, juguetes, entre otras cosas, en su plaza de parking.
Tengo entendido que por normativa esto no se pude hacer. Pero no se donde encontrar dicha norma o ley de catalunya. ¿También me han dicho que el seguro no responsabilizaría en caso de incendio? ¿Es cierto y porque?

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No existe una norma específica ya que las cuestiones de las partes de propiedad comunal de un edificio se rigen por:
a) Estatutos de la Comunidad
b) Ley de la División Horizontal de la Propiedad
c) Código Civil.
Respecto al caso que comenta - al ser un garaje por completo una propiedad comunal las personas no pueden disponer a su libre albedrío de la plaza para las cuestiones que deseen sino que se deberá usar en base a lo dispuesto, otorgado y decidido por la comunidad de propietarios.
El seguro no se responsabilizará de los incidentes causados por un uso anormal del garaje, es lo usual en una póliza.

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