Problema con un local incluido en la comunidad.

Es un piso formado por un local y 4 pisos con un total de 16 viviendas construido hace 40 años.
El problema es el siguiente. Originariamente el edifico tenia un patio de luces que llegaba hasta el suelo, el cual era utilizado por el Local de abajo. Posteriormente a los 10 años de haberse construido el edificio los dueños del local techaron con uralita el patio de luces a la altura de su local, al parecer dicho acto nunca se aprobó en ninguna convocatoria.
Actualmente, Dicho local pretende que la Comunidad de Vecinos sufrage los gastos para limpiar y arreglar dicha cubierta.
Tiene derecho a pedir esto, ¿qué la comunidad sufrage los gastos?
Se podría volver a la situación original del edificio, es decir quitar la techumbre puesta sin la aprobación de la comunidad de vecinos.?

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Para cualquier alteración de un elemento común es necesario aprobación en junta extraordinaria por unanimidad según establece la ley de propiedad horizontal en los artículos 12 y 17.1.
La comunidad puede indicarle que la quite y si no lo hace tiene un plazo de 15 años desde que es hizo la obra para demandarle en virtud del articulo 1964 del código civil.
Si tiene cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposición
Mucha suerte y un saludo
En Optimizo nuestro trabajo es su descanso
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