Votos necesarios para volver a coeficientes

Me gustaría que algún Administrador de Fincas me confirmase esto:
Actualmente en nuestra comunidad algunos gastos se reparten por coeficientes y otros a partes iguales, pero en los Estatutos de la comunidad se estipula claramente el reparto por coeficientes.
Supuestamente esto se cambió hace años, aunque no hay constancia de ninguna acta donde se aprobase por unanimidad este cambio.
En otro foro una persona me ha respondido que para establecer el modo de reparto que figura en los Estatutos solo es necesaria mayoría simple (según sentencia del Tribunal Supremo de 28 de Mayo de 2008), ¿es esto cierto?

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Copio literal el art. 17.1 LPH:
"Artículo 17.
Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:
1ª "La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el titulo constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad".
No entiendo a que sentencia se refiere la ley es clara es necesaria unanimidad y es bastante lógica pues si yo compro una casa y me quiero informar en el registro de las condiciones de mi casa lo puedo hacer y para cambiarlas hace falta que yo también este de acuerdo.
Otra cosa es que esos estatutos no estén inscritos en el registro de la propiedad en cuyo caso se podrán cambiar con la misma mayoría con la que se establecieron.
Respecto a la sentencia que me indica la he estado buscando y no la encuentro.
Mucha suerte y un saludo
Creo que no has entendido la pregunta o no me he explicado bien.
En los Estatutos de la Comunidad se especifica que el reparto de gastos se haga por coeficientes, pero actualmente se está haciendo algunos gastos por coeficientes y otros a partes iguales.
Supuestamente esto se decidió hace años pero no sé porqué ni por quién, y no está reflejado en ninguna acta que se conserve. Los Estatutos no se han cambiado.
Además (somos una comunidad compuesta por dos edificios contiguos con un garaje compartido) algunos gastos (como la electricidad, agua, etc...) se paga cada edificio sus facturas.
Incluso hay dos presidentes: uno por edifico. Así que este es un chimichurri de dos comunidades para algunas cosas y una sola para otras! No hay dios que se aclare con este merdé!
Hasta ahora no me había preocupado de esto, pero este año que soy uno de los Presidentes de la Comunidad se me ha dado por consultar la ley, los Estatutos y este tipo de foros para aclarar mis dudas.
Quiero que se vuelva al reparto de gastos por coeficientes y se sumen todos los gastos, que es lo que establece los Estatutos, y precisamente la ley que acabas de indicarme es la que da validez a lo que yo preguntaba: no es necesaria la unanimidad, ya que lo que yo quiero es que se vuelva al reparto de gastos que está estipulado en los Estatutos.
¿Estás de acuerdo?
Un saludo.
Hay dos posibilidades:
-Al no estar reflejado el acuerdo comunicar a los vecinos que están incumpliendo el titulo constitutivo y los estatutos y que tiene que ser por coeficientes el pago y si quieren cambiarlo a partes iguales debería cambiarse por unanimidad (si usted estuviera en contra el pago seria por coeficientes), si lo otro no esta documentado parece esta opción la más lógica.
-O si dan por bueno el acuerdo anterior el nuevo cambio seria otra modificación que requeriría la misma mayoría unanimidad.
En cuanto al tema de los gastos supongo que serán una mancomunidad cada una con su presidente y se hacen cargo de su portal y las zonas comunes tendrán gastos en porcentaje de participación de los edificios en la mancomunidad.
Mucha suerte y un saludo

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