Problemas con morosos

Hola, tenemos graves problemas con la morosidad en la comunidad ya que somos 42 viviendas de las cuales más de la mitad son del mismo propietario(que es el constructor) más, 80 y tantas plazas de garaje, más 3 locales comerciales. ¿Este esta denunciado desde septiembre de 2010 por la deuda de 2009 que suma unos 16000?, ¿Claro esta que también queda pendiente 2010 y lo que llevamos de 2011 en total sumara unos 26000? O más, mi pregunta es, se puede denunciar otra vez por lo mismo para reclamarle lo pendiente de 2010 y 2011, ¿aunque tenga abierta otra denuncia de 2009...?
También tenemos más morosos en la comunidad que llevan más de 2 años sin pagar, claro que la cantidad es menor y ya están denunciados... ¿qué podemos hacer si se esta retrasando la denuncia muchísimo...? ¿La situación es critica ya que la deuda de la comunidad es superior a 15000? Y la situación es insostenible...
También el propietario(constructor) esta alquilando las viviendas a gente no muy agradable, por decirlo de alguna manera, esta gente lo que hace es hacer la convivencia muy difícil a los vecinos ya que estos dan más problemas que tranquilidad, no sabemos si lo esta haciendo a drede pero es lo que percibimos... ¿qué podemos hacer con esto..?
También lo tenemos que denunciar porque las viviendas son nuevas de no más de 5 años y están saliendo problemas por las humedades y los malos acabados, ya que los trasteros están debajo del patio central y este patio no esta Impermeabilizado y se esta llenando de aguas, pero como nuestra situación es pésima no podemos hacer frente a los gastos de ningún abogado... ¿qué podemos hacer..?
Mil gracias
Antonio

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Efectivamente tienen que volver a realizar un procedimiento monitorio por la nueva deuda ya que en el anterior solo se reclama la cantidad que aparece en la petición, es decir, no se va acumulando. Deberían interponerle otro monitorio lo antes posible por la deuda que tenga de nuevo de 2010 y 2011 para cobrarlo lo antes posible, la tardanza depende del juzgado a veces aunque es incomprensible cae en otro juzgado y va mucho más rápido, lo que no entiendo es porqué en septiembre de 2010 no reclamaron hasta esa fecha.
El procedimiento monitorio se regula en el art. 21 LPH
Lo mejor es que contraten un profesional para estos procedimientos porque si no se pueden demorar e incluso perder por defectos de forma, si están en Madrid podemos intentar echarles una mano.
Para estos casos lo mejor es contratar un profesional para gestionar todos los procedimientos puesto que luego pagará el moroso las costas del juicio.
En cuanto a la gente alquilada lo que deben hacer es junta para tratar el tema y realizar unas normas de convivencia acordadas entre los vecinos, en caso de incumplimiento solo queda el juzgado, que obligará a cumplimiento de estas normas.
En cuanto a las deficiencias de construcción igualmente tienen que denunciar, las garantías de la ley de la edificación son de hasta 10 años, hay garantías también que son el primer año y otras durante los 3 primeros, pero si son defectos de construcción estructurales les va a cubrir durante 10 años, también habría que denunciarle lo antes posible.

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