Presidente

Buenos días, tenemos un problema debido a que el otro día me enteré de que en la junta de diciembre cuando se renovaban cargos, le tocó ser presidente a un enfermo de alzheimer que esta postrado en el sofá o cama. No quiso firmar el cargo, pues no estaba en condiciones de llevarlo a cabo.
¿Tenemos presidente?... En la junta extraordinaria del lunes 18, uno de los temas a tratar es éste y quiero saber si podemos elegir a otro propietario por mayoría..
Por otro lado, quería preguntarle, por favor si usted sabe quien debe solicitar presupuestos para una avería de bajantes, ya que la administradora, el día de la junta anterior solo nos trajo 1. Encima, votaron por mayoría que si, cuando no había nada más en lo que elegir. Se deben presentar presupuestos, pero todo el mundo trabaja y queremos saber si es cosa de la administradora hacerlo.
Muchísimas gracias.
Respuesta
1
En primer lugar no se puede dar un cargo a una persona enferma salvo que el lo admita y este en sus facultades.
El secretario hará las veces de presidente mientras se convoca otra junta y se anula el cargo a la persona que se le concedió dando los motivos y si es necesario que adjunte una copia.. certificado medico.
Pueden elegir por mayoría... le hago una sgerencia--- Por que no lo hacen correlativo.. cada propietario un par de años, por que muchas veces se le vota al mismo y no se ve justo... eso es cosa mía la opinión---ejemplo: en mi bloqe lo propuse por que estuve 13 años que salia yo siempre, es bueno que se enteren los demás que no es fácil..
Los presupuestos depende si le han dado potestad a la administradora, si es así lo puede hacer, si no es el caso los solicitaran entre presidente y secretario siempre buscando la mejor oferta calidad.
Creo haberle respondido, si tiene alguna duda consúlteme de nuevo.
Gracias por contestar y querer ayudarme. La cuestión, es que cuando le tocó ser presidente al que tenemos, no quiso firmar nada y así quedó. La administradora, no le dejó impugnar el cargo.
En que ley me amparo o se ampara este pobre hombre, ¿cómo para que el lunes pueda apoyarme ante la administradora y demás propietarios?... quiero decir, que si hay alguna ley que diga, que no se le puede dar el cargo a un enfermo.
Muchísimas gracias.

Uffff.. yo de leyes y artículos la verdad que estoy ajeno, solamente respondo a preguntas que estén a mi alcance como presidente de comunidad que eh sido y ssoy en este momento.
A continuación te pongo el párrafo del Art. 13 de la Ley que te puede ayudar a tener las ideas claras.
2. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
Como ves la Ley no puede entrar en detallar los múltiples casos que pueden darse para alegar que no se puede ser presidente. No se puede generalizar, se puede ser mayor y estar en perfectas condiciones físicas y mentales para ejercer el cargo con solvencia así que yo diría que dependiendo de la situación de cada uno debería servir simplemente exponer en la junta que no se puede y los vecinos aceptarlo de forma razonable y en el caso poco probable de que no lo comprendan pues uno se niega y basta si uno tiene las razones suficientes que seguro el Juez iba a comprender y en ese caso que sean otros los que se molesten en denunciar que uno se niega.
Esta es una consulta que vi en un foro, es similar a lo que pasa en su caso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas