¿Unas jardineras son elemento común?

Soy propietario de una vivienda con un pequeño patio limitado por unas jardineras de obra que separan mi comunidad de propietarios de la comunidad vecina. Desearía saber si estas jardineras deben considerarse elementos comunes y si el mantenimiento (reparación, plantación, riego, etc.,) corresponde a la comunidad.
Respuesta
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Para considerarse elemento común de uso privativo deben figurar en la escritura de obra nueva y división horizontal atribuyendoles esa condición, esto deben consultarlo en el registro de la propiedad.
Si así fuera el mantenimiento será a cargo del propietario y la comunidad debería hacerse cargo de las reparaciones provocadas por el uso y el paso del tiempo de forma normal, en el resto de los casos (uso impropio o agresivo, falta de mantenimiento...) serán a cargo del propietario.
Solo si se consideran elementos comunes sin más mantenimiento y reparación serían a cargo de la comunidad.
Si fueran privativos en todos los casos serán a cargo del propietario.

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