Obras de rehabilitación y vecinos morosos

He leído varias respuestas ya sobre como proceder con los morosos en una Comunidad de vecinos. Mi duda es sobre que ocurre "después".
Explico mi caso: tenemos una derrama gorda, ya que hay que hacer obras de rehabilitación bastante importantes (es un edificio de 100 años!), que además han sido ordenadas por el Ayuntamiento (hay una denuncia incluso, si no las hacemos nosotros, el ayuntamiento mandará que las hagan y nos pasará la factura que probablemente será mucho más cara). Estas obras llevan un año de retraso para empezar por falta de dinero, debido a los vecinos morosos, que son unos cuantos...
Los morosos ya están avisados y denunciados... Pero ahora mi pregunta es, por mucho que estén denunciados, si se declaran insolventes (lo cual es muy probable) y no pagan su deuda, ¿quién va a pagar la parte que les corresponde para lo de las obras? ¿Vamos a tener que ponerlo los vecinos no morosos? ¿O hay algún mecanismo legal por el que la Administración ponga ese dinero y se lo reclame luego a los morosos?
Porque es mucho mucho dinero lo que falta, y lo dicho las obras son obligatorias! Los vecinos no morosos ya están hasta las orejas de prestamos para poner lo que les corresponde para la obra, ¿así qué quien va a asumir la parte de los que no pagan?
Y otra pregunta: me imagino que los que no pagan al final les embargaran, en cuyo caso el nuevo propietario que sería la administración, debería correr con los gastos de las obras. ¿Pero alguien sabe cuánto tiempo puede tardar el embargo? Porque si seguimos esperando pueden ocurrir dos cosas: 1. La que había comentado de que nos salga mucho más caro (cuando ya es muy caro de por si) porque el ayuntamiento haga las obras al ver que nosotros no las hacemos o 2. Que se nos caiga la casa encima... Eviedentemente ninguna de estas dos opciones es deseable.

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Por desgracia si no son capaces de cobrarlo tendrán que ponerlo el resto, o lo normal es que hasta que salga el monitorio si se retrasa es que lo adelanten entre todos y luego cobrarlo en el procedimiento monitorio, lo normal es cobrar porque les pueden llegar a embargar la casa, es importante que el procedimiento lo gestione un profesional para no perderlo por defecto de plazo o forma.
El embargo depende del juzgado y de la localidad pero no es rapido.
Deberían consultar con los datos con el abogado que les lleve el proceso y si no se lo lleva ninguno les aconsejo que cojan uno, ese coste lo tiene que pagar luego el moroso, nosotros si están en la comunidad de Madrid nos ponemos a su disposiciñon.

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