Ascensor y personas que no pagan

En la comunidad de mis padres son un total de 10 viviendas. Hace 2 meses hubo una votación para colocar ascensor. Solamente 2 personas votaron en contra. El ascensor es solamente para acceder a pisos (no hay garajes).

Estos 2 meses se han ido pasando derramas (de 300 €uros) antes de realizar el primer pago (30%, unos 3000 €uros) a la empresa constructora del ascensor. Estas 2 personas han devuelto los recibos (las que votaron en contra).

Mis preguntas son:

1. ¿Es posible construir el ascensor con llave? Pregunto esto porque según uno de los vecinos cuando solamente hay un ascensor no está permitido que tenga llave. ¿Me podrías indicar también cual es la legislación en la que se indica esto?

2. Los vecinos que queremos pagar no estamos dispuestos a pagar más de lo que nos corresponde. Es decir, no queremos pagar más allá de los 100.000 €uros del ascensor que nos corresponde a cada uno. ¿Es legal negarse a pagar la cantidad que adeuden los vecinos morosos? Si fuese legal, ¿se puede hacer desde el primer momento que ellos no pagan, por ejemplo tras el desembolso del 30%, o habría que seguir pagando hasta llegar al 100% de la cantidad que correspondería pagar y, a partir de ese momento, sería legal el no pagar?

3. ¿Cuáles serían las acciones que la comunidad podría tomar contra los vecinos morosos y en que momento se podrían empezar a tomar? Me explico, ¿se podrían empezar a tomar desde la primera cantidad impagada o habría que esperar que dicha cantidad fuera de una determinada cuantía y/o porcentaje respecto al ascensor?

4. ¿La jurisprudencia, en estos casos, suele tener también en cuenta (entiendo que esto no es una ciencia exacta), en el dinero que se obligase a pagar a los morosos, los perjuicios causados a los vecinos? Aquí me refiero, sobre todo, a las costas del juicio y a posibles accidentes por la paralización de las obras, por ejemplo, por estar el hueco del ascensor abierto.

5. Los vecinos morosos, por lo que sé, tienen nómina. Incluso uno de ellos tiene un bar. Entiendo que son solventes pero, ¿existe alguna forma de que la comunidad pueda verificarlo?

1 respuesta

Respuesta
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1.- En vuestro caso no. Se aprobó por mayoría

2.- Tenéis que pagar vuestra parte y la proporcional de los morosos.

3.- Las derramas solo pueden ser 3 veces la cuota salvo que se acuerde lo contrario por unanimidad. Y no es el caso.

Debéis acudir al juzgado con procedimientos monitorios, reclamar intereses.

4.- No entiendo el sentido de la pregunta. La obra tiene que ser los mas diligente posible con las medidas de seguridad adecuados etc...

5.- Las vías oficiales, registros etc ...

Recomendaciones

Poner derramas oficiales 3 veces la cuota

Buscar financiación externa.

Reclamarle los pagos mes a mes oficialmente ( burofax, etc ... y lo ultimo al juzgado )

Y no hacer la obra hasta disponer del 60% del dinero

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