Vivo en un entresuelo y no uso el ascensor puedo dejar de pagarlo de lo que pago de comunidad

Como nunca utilizo el ascensor no se si puede decir que me descuenten parte de lo que pago en en relación a ese concepto,

También me gustaría saber si se permite tender en los patios de luces

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La única posibilidad que tiene es que en la escritura de división horizontal estén exentos los bajos de gastos de ascensor, para consultarlo debe solicitar copia al administrador o acudir al registro de la propiedad de su localidad, si no es así y deja de pagar los gastos de ascensor la comunidad se los reclamará judicialmente por el llamado procedimiento monitorio Art. 21 LPH y el juez le obligará a pagarlos.

En el caso de tender en el patio de luces debe acordarse en junta de propietarios, consulte las actas anteriores a ver si esa ya aprobado y si no hable con el presidente para que lo incluya en el siguiente orden del día esta obligado en virtud del Art. 16.2 LPH.

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