Cuando caduca el mandato de un presidente?

Mi madre es presidenta de su comunidad desde Mayo 2012, en la próxima junta ordinaria un vecino ha pedido poner en el orden del día el tema de la renovación de cargos, pero, ¿puede solicitar eso si el mandato del presidente no termina hasta Mayo 2013?

La reunión es para cerrar el año contable y aprovechando eso han convocado la reunión ordinaria queriendo incluir en el orden del día la renovación del presidente.

Respuesta
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El mandato del presidente es de un año (salvo que los estatutos determinen otro plazo), por lo que si su vecino quiere renovar cargos, es mediante la destitución del presidente. Efectivamente está en su derecho, y debe convocarse para ello una junta extraordinaria (por al menos el 25% de los propietarios), y obtener una mayoría del total de los asistentes.

Un saludo.

SI la respuesta ha sido de su interés, le ruego la valore positivamente.

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En principio el ejercicio de la presidencia termina en un año natural y no debería acabar antes. Rt. 13.7 LPH

Pero si los vecinos por votación deciden cesarla del cargo pueden hacerlo por mayoría siempre y cuando figure este punto en el orden del día. Art. 14 a) LPH

El argumento es simple no ha acabado su mandato y no hay ninguna razón para que no lo cumpla.

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